Rechazan Código Penal contemple jurisdicción militares y policías

En el año 2019 el Tribunal Constitucional dictaminó como inexistentes los tribunales militares en RD

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La Coalición Ciudadana Cambiemos expresó su completo rechazo a la creación de una jurisdicción especial para tratar casos de militares y policías involucrados en casos de corrupción.

La entidad lamentó que muchos congresistas estén defendiendo esta propuesta,  en medio de una situación tan delicada en la que la Procuraduría tiene una lucha sin cuartel en contra de la corrupción y el crimen organizado, y en un momento donde unos 10 militares se encuentran recluidos en cárceles como consecuencia de las operaciones: Coral y Coral 5 G.

Recordó que la jurisdicción militar fue eliminada en la actual Constitución, y que la Ley 278-04, de implementación del proceso penal, dispuso en su artículo 15, ordinal 13, lo siguiente: “Quedan derogadas… 13. Todas las normas procesales referidas al enjuiciamiento penal de los miembros de la Policía Nacional y/o de las Fuerzas Armadas, contenidas en el Código de Justicia Policial contenido en la Ley No. 285 del 29 de junio de 1966 y en el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, contenido en la Ley 3483 del 13 de febrero de 1953 y sus respectivas modificaciones, así como cualquier otra ley que establezca normas en este sentido. Todo sin perjuicio de las facultades disciplinarias conferidas a los órganos internos de las referidas instituciones”.

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Además, Cambiemos considera que los Congresistas que defiende el adefesio de retroceder esta conquista de poder juzgar a los policías y militares en una jurisdicción ordinaria garantizándose así el respeto al principio de igualdad de todos y todas las ciudadanas que establecen las leyes dominicanas.

Finalmente, la coalición dijo que no aceptará la pérdida de esta gran conquista que permitió al país avanzar hacia el fortalecimiento de la democracia.

Sin embargo, en el año 2019 el Tribunal Constitucional dictaminó que los tribunales penales militares son inexistentes en la República Dominicana y por los tanto el Ministerio de Defensa no puede imponer prisión preventiva ni ninguna otra medida de coerción a los miembros de las instituciones castrenses que estén bajo investigación por distintas infracciones.