Medio Ambiente refuerza protección de ríos

Medio Ambiente: Prohibición estricta de materiales y estructuras en ríos y balnearios

(SANTO DOMINGO, República Dominicana) – En un paso significativo hacia la preservación del medio ambiente, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la República Dominicana (MMARN) ha emitido una resolución crucial.

Esta nueva normativa, anunciada por el ministro Miguel Ceara Hatton, implica una prohibición completa de colocar o abandonar cualquier material o estructura ajeno al entorno natural en ríos y cuerpos de agua.

Impacto en balnearios populares: Fula, Arroyo Frío, Guaigüí

El viceministro René Mateo enfatizó la importancia de esta resolución en áreas frecuentadas como Fula, Arroyo Frío y Guaigüí, conocidas por ser populares balnearios. La medida busca proteger no solo la biodiversidad y la belleza de estos ecosistemas, sino también la calidad y la integridad del recurso hídrico.

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Detalles de la resolución número 0050/2023

La Resolución núm. 0050/2023, fechada el 13 de diciembre de 2023, extiende su alcance a las zonas adyacentes y franjas de protección de los ríos. Prohíbe específicamente el abandono de objetos como sillas, vehículos, mesas, artefactos flotantes y otros que puedan contaminar o alterar el ecosistema.

Fortalecimiento del marco jurídico y seguridad ciudadana

Esta iniciativa también robustece el marco jurídico existente, alineándose con la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. Según Mateo, la resolución otorga a entidades como la Procuraduría Especializada para la Protección del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren) y la Policía Nacional herramientas adicionales para garantizar la seguridad y el disfrute de los ciudadanos en estos espacios naturales.

Plazo para levantamiento y acciones regulatorias

El MMARN ha establecido un plazo de 90 días para realizar un levantamiento completo de infraestructuras en los ríos, incluyendo aquellas que violan la franja de protección obligatoria. Este proceso también abarcará lagos, lagunas y embalses para determinar las acciones de regularización necesarias.

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Colaboración interinstitucional para la protección ambiental

La resolución contempla una colaboración estrecha entre el MMARN, el Ministerio de Turismo, alcaldías, gobernadores, y otras entidades para asegurar la protección y uso sostenible de estos recursos naturales.

Prohibición específica de materiales contaminantes

Un aspecto destacado de la resolución es la prohibición expresa de utilizar foam y plásticos de un solo uso en estas áreas naturales. Se establece un año de plazo para que comerciantes y organizadores de eventos elaboren planes de acción alineados con estas nuevas disposiciones.

Medidas para eventos en proximidades de cuerpos de agua

Las actividades recreativas y eventos cerca de cuerpos de agua requerirán autorización del MMARN, teniendo en cuenta factores como la capacidad de carga y los impactos ambientales.

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Horarios de uso recreativo y responsabilidad comercial

Se establecen horarios específicos para el uso recreativo de estos espacios naturales, además de requerir a los comerciantes la correcta disposición de residuos y la implementación de medidas para la protección del entorno.

Compromiso con la sostenibilidad ambiental

Esta resolución representa un compromiso firme del gobierno dominicano con la sostenibilidad ambiental y la preservación de los recursos naturales, impactando positivamente en la conservación de los ríos y cuerpos de agua del país.


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