El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional explicó que la complejidad del proceso, que involucró 36 acusados y miles de pruebas, requiere tiempo adicional para completar y revisar la motivación de la sentencia.
Santo Domingo, República Dominicana, (Noticia.do).– El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional reprogramó para el 23 de septiembre de 2026, a las 2:00 de la tarde, la lectura íntegra de la sentencia correspondiente al proceso seguido contra Adán Benoni Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y otros coimputados por acusaciones vinculadas a corrupción y lavado de activos.
La decisión está contenida en el Auto núm. 249-02-2026-TFIJ-00052 y corresponde a la Sentencia núm. 249-02-2026-SSEN-00040, dentro del proceso núm. 062-2022-EPEN-00201. El tribunal explicó que la extensión responde a la necesidad de concluir la redacción y revisión integral de una decisión cuya complejidad está asociada a la duración del juicio, el número de procesados y el volumen de pruebas presentadas.
Juicio se extendió durante unos 658 días
Según la información judicial, el debate oral se prolongó durante aproximadamente 658 días calendario.
En el proceso fueron juzgados 36 acusados, distribuidos entre 29 personas físicas y siete personas jurídicas, además de intervenir 18 intervinientes voluntarios.
Datos clave
- La lectura íntegra quedó fijada para el 23 de septiembre de 2026 a las 2:00 p. m.
- El expediente involucró 36 acusados y 18 intervinientes voluntarios.
- Durante el juicio fueron presentados 4,660 elementos probatorios de distintas categorías.
Tribunal debe valorar miles de pruebas
La dimensión del proceso también quedó reflejada en el material probatorio sometido durante el juicio.
De acuerdo con los datos suministrados, fueron incorporados:
| Tipo de prueba | Cantidad |
|---|---|
| Testimonios | 319 |
| Pruebas documentales | 4,081 |
| Pruebas periciales | 146 |
| Pruebas materiales | 114 |
El tribunal señaló que esos elementos requieren una valoración individualizada que deberá quedar debidamente fundamentada en la sentencia escrita.
La explicación oral ofrecida por las juezas al momento de pronunciar el dispositivo de la sentencia tuvo una duración aproximada de 11 horas.
Asimismo, la parte dispositiva está integrada por 41 ordinales distribuidos en 88 páginas, según los datos comunicados por el órgano jurisdiccional.
¿Por qué fue aplazada la lectura íntegra?
El tribunal indicó que ha trabajado de manera continua en la elaboración de la sentencia desde que fue emitido el dispositivo, pero todavía existen aspectos que requieren una fundamentación detallada.
Una vez completada esa fase, deberá integrarse el documento completo y efectuarse una revisión conjunta para garantizar la coherencia, congruencia y suficiencia de la motivación judicial.
El órgano jurisdiccional recordó que la debida motivación de una sentencia constituye una garantía fundamental del debido proceso y de la tutela judicial efectiva.
Plazo vencía el 8 de septiembre
Según el auto, el plazo legal previsto para completar la redacción concluía el 8 de septiembre de 2026.
Sin embargo, tomando en consideración las características excepcionales del proceso, el tribunal consideró razonable disponer una extensión adicional de 10 días hábiles, lo que llevó a establecer la lectura íntegra para el miércoles 23 de septiembre.
El tribunal también ordenó notificar la reprogramación a todas las partes involucradas.
La lectura íntegra de la sentencia constituye el acto formal de notificación de la decisión conforme al procedimiento penal, por lo que a partir de ese momento las partes podrán conocer en detalle los fundamentos jurídicos y probatorios utilizados por el tribunal.
Nota legal: Adán Cáceres, Juan Carlos Torres Robiou y los demás procesados fueron sometidos a un proceso penal por acusaciones formuladas por el Ministerio Público. La responsabilidad individual y el alcance de las decisiones adoptadas deben establecerse conforme al dispositivo y a la sentencia motivada emitida por el tribunal.
