SANTO DOMINGO, (Noticia.do).– La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el mayor general del Ejército Adán Cáceres Silvestre contra una decisión que había rechazado su solicitud de extinción de la acción penal en el proceso judicial derivado de las operaciones Coral y Coral 5G.

La decisión supone un nuevo rechazo a los intentos procesales de Cáceres para obtener la extinción de la acción penal, pero no debe confundirse con una decisión de casación sobre la condena de 20 años de prisión que recibió en junio de 2026, ya que el recurso resuelto estaba dirigido específicamente contra la negativa a extinguir el proceso.

Datos clave

  • La SCJ declaró inadmisible el recurso de casación.
  • El recurso trataba sobre la extinción de la acción penal.
  • Cáceres fue sentenciado a 20 años de prisión en junio de 2026.

Suprema señala impedimento procesal

La Segunda Sala determinó que no se verificaba el presupuesto de impugnabilidad objetiva exigido por el artículo 441 del Código Procesal Penal para admitir el recurso presentado.

La decisión fue adoptada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Yorlin Vásquez Castro.

El recurso atacaba la resolución penal número 502-2026-SRES00071, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 26 de febrero de 2026.

Había solicitado varias veces extinguir el proceso

Según el Ministerio Público, la defensa de Cáceres planteó en tres ocasiones ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la extinción de la acción penal.

Esas solicitudes fueron rechazadas bajo el criterio de que el tiempo transcurrido resultaba razonable atendiendo a la naturaleza y complejidad del expediente.

Posteriormente, recurrió ante la Corte de Apelación, que también rechazó la petición.

La casación presentada ante la Suprema constituyó otra vía utilizada para cuestionar esa decisión.

Condena de 20 años

En junio de este año, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenció a 20 años de prisión a Adán Cáceres Silvestre, al general Juan Carlos Torres Robiou y al coronel policial Rafael Núñez de Aza dentro del proceso por corrupción administrativa.

También fueron impuestas otras condenas dentro del expediente Coral y Coral 5G.

El Ministerio Público acusó a los principales procesados de integrar una estructura que habría desviado recursos públicos provenientes de distintas instituciones.

La condena y los demás aspectos sustantivos del expediente están sujetos al régimen de recursos establecido por la legislación dominicana.

Qué significa la decisión de la Suprema

La inadmisibilidad significa que la SCJ no admitió para examen de fondo ese recurso específico relacionado con la petición de extinción.

En consecuencia, permanece vigente la decisión que había negado poner fin al proceso por esa vía.

No significa, sin embargo, que la Suprema haya conocido y confirmado mediante esta decisión todos los aspectos de la sentencia condenatoria dictada posteriormente contra Cáceres.

Nota legal

Adán Cáceres fue condenado por un tribunal de primera instancia. Las decisiones judiciales pueden ser recurridas mediante las vías contempladas en la legislación, por lo que debe diferenciarse entre una sentencia definitiva e irrevocable y una decisión todavía susceptible de recursos.