Procrear hijos, no genera derechos; crea obligaciones

negro veras

Por: Ramón Antonio Veras.

1.- En sociedades de escaso desarrollo económico y social, la generalidad de los padres se inclinan por ver a sus descendientes con un criterio totalmente equivocado, figurándose en la mente lo que no debe llegar a ser realidad.

2.- El hombre, al empreñar, no hace otra cosa que propagar su propia especie. El conjunto de emparentados constituyen la familia, de la cual forma parte la prole, los hijos.

3.- El macho o varón que al engendrar se convierte en padre, no adquiere la calidad de dueño de la criatura. La mamá dar la teta y el papá comprar alimentos para sus niñas y niños, no les transmite derecho de propiedad.

4.- El amamantamiento, proporcionar alimentos y dar esmerado cuidado, identifica al padre o a la madre como criadores cumplidores.

5.- Mamá y papá, que bien educan, instruyen, mantienen, sostienen y logran sacar adelante a su descendencia, han cumplido con una parte de sus deberes.

6.- Poner a disposición de ese bebé, niño, o joven que usted procreó, no es más que facilitarle, proveerlo de lo que está en el deber de ponerle a su alcance para que se desarrolle como ser humano.

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7.- Alimentar, educar y hacer que su prole llegue a levantarse como persona de correcto proceder, lo único que le permite a los padres es sentirse que han procedido acorde con la condición de buenos progenitores.

8.- Mami y papi, al hacer que su descendencia salga del hogar, de la dependencia paternal, bien puesta, lista para salir adelante, es demostración de su esfuerzo y dedicación por sus bisoños.

9.- La misión de los padres es hacerle posible la vida material y espiritual a sus vástagos, proporcionándoles una existencia sin complicaciones, llevadera.

10.- El hecho del padre o la madre preocuparse para que sus hijos tengan una niñez y una adultez de calidad, de alto nivel, rango académico muy superior, en fin, una existencia pomposa, lo único que le debe aportar a los ascendientes es la satisfacción del deber cumplido y nada más.

11.- Hacer sentir a los hijos que han llevado una vida placentera, por el esfuerzo de papi y mami, no crea a cargo de ellos ningún compromiso ante sus ascendientes.

12.- De igual manera, por muy exquisita que sea la formación que los padres les dieron a los hijos, aquellos no tienen derecho a reclamar ni a esperar nada de su descendencia.

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13.- Cumplir como padre, ejecutar la obligación de progenitor, no hace al papá poseedor de su hija o hijo. Hacer lo que está comprometido a ejecutar voluntariamente, no lo hace beneficiario, nada de usufructuario.

14.- Hacer sentir bien, a las mil maravillas, a las hijas y a los hijos, solo se traduce para los criadores y formadores en que honraron su condición de padres y nada más.

15.- Contar con la prole para disponer de ella, no es más que un contrasentido. Es creer tener lo que nunca ha tenido, porque ejecutar una obligación, no es otra cosa que llevar a cabo lo que es su deber.

16.- Es una falsa ilusión de mamá y papá, que por darles a su prole fina formación y acomodarles hasta lo último, les poseen, pueden disponer, gozarles y disfrutarles a su antojo.

17.- Poco importa que usted, como padre o madre, llegue más allá de lo que es el deber. Semejante situación no le coloca en condición de gozar o de cualquier manera disfrutar a sus hijos.

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18.- Cumplir como papá y mamá, darles todos los gustos a la prole, no significa que tienen derecho a decir tengo hijo. Nadie es poseedor de descendientes; cada progenitor está comprometido a levantar lo que engendró, a criar, educar y bien formar.

Ideas finales

19.- Aquel que decide ser papá, que cumpla, ejecute, pero que no crea, que va a tener, a poseer, a aprovecharse o beneficiarse porque honró la condición de papi, la cual no genera derecho a nada.

20.- El papá o la mamá, que hizo lo que bien debía hacer con sus hijos, que no haga cálculos alegres, porque actuar como debe ser, a lo que estaba obligado, es de su incumbencia y responsabilidad.

21.- Los padres dignos, por muy en inopia que estén, nunca jamás, ni por asomo, deben recurrir a los hijos que se encuentran en la opulencia, para que no exista la más mínima sospecha de compensación.

22.- Los progenitores, la única recompensa que han de recibir por cumplir con sus descendientes, es la satisfacción del deber cumplido. No deben esperar nada material ni gratitud alguna.

Santiago de los Caballeros,

23 de julio de 2023.

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