Prisi贸n preventiva implicados muerte comerciantes

Los comerciantes fueron asesinados a tiros

SANTIAGO.-聽La Oficina Judicial聽de Servicios de Atenci贸n Permanente de聽La Vega聽dict贸 ayer 18 meses de prisi贸n preventiva, contra de un hombre implicado en el asesinato de dos comerciantes, durante un asalto a mano armada ocurrido en mayo pasado en esa ciudad.

La juez G茅nesis Mercedes Tav谩rez impuso la medida de coerci贸n a Sandy Candelario, por la muerte a tiros de Valent铆n Hern谩ndez de La Cruz y Alcenio Antonio Pe帽a Rodr铆guez, adem谩s de declarar el caso de tramitaci贸n compleja.

Con dicha medida coercitiva, la magistrada acept贸 la solicitud que present贸 la Fiscal铆a vegana, que present贸 pruebas documentales, ilustrativas, periciales y testimoniales. El imputado Candelario  deber谩 cumplir la prisi贸n preventiva en la c谩rcel p煤blica de esa ciudad.

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El doble asesinato ocurri贸 alrededor de las 7:00 de la noche del indicado d铆a, mientras Hern谩ndez de La Cruz y Pe帽a Rodr铆guez se encontraban trabajando en un negocio de cambio de divisas de su propiedad.

Precis贸 que al lugar se presentaron Sandy Candelario y otros dos hombres que se encuentran pr贸fugos, identificados hasta el momento como Kelvincito o Kelvito y Amaury, quienes portaban pistolas con las que dispararon a las v铆ctimas en diferentes partes del cuerpo y los despojaron de sus pertenencias.

Palacio de Justicia La Vega
Palacio de Justicia La Vega

Fiscal de La Vega

La instancia con la solicitud de medida de coerci贸n se帽ala que, al momento del hecho, Hern谩ndez de La Cruz ten铆a en su poder alrededor de 120 mil pesos y 50 mil d贸lares, adem谩s de documentos de un motor de su propiedad y un acto de venta de su casa. En relaci贸n con Pe帽a Rodr铆guez, indica que procuran establecer las pertenencias sustra铆das.

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La fiscal titular de La Vega, Aura Luz Garc铆a Mart铆nez, valor贸 la decisi贸n del tribunal, tras considerar que la medida de coerci贸n es proporcional a los hechos que se le atribuyen al imputado y por ser la 煤nica que garantizar铆a su presencia a todos los actos del proceso.

Se帽al贸 que el caso ha recibido la calificaci贸n jur铆dica de violaci贸n a las disposiciones de los art铆culos 265, 266, 295, 379, 382,385, 386 y 304 del C贸digo Penal y la Ley 631-16, que tipifican y sancionan la asociaci贸n de malhechores, robo con violencia para cometer homicidio y porte ilegal de armas.