¿Por qué los usuarios deberán ser compensados por apagones?

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Las Distribuidoras estarán obligadas a compensar a los usuarios regulados por energía no servida

Santo Domingo. La Defensora del Pueblo, doctora Zoila Martínez Guante, advirtió hoy a la población dominicana que las empresas distribuidoras de electricidad, a partir del 2 de enero del próximo año, deberán compensar a los usuarios por apagones o fallas eléctricas sufridas en el servicio contratado.

Mediante la correspondencia DP-DESP-CE-436-2020 del 5 de noviembre de 2020, enviada al ingeniero Rafael Anibal  Velazco Espaillat, Superintendente de Electricidad, el Defensor del Pueblo externó inconformidad por el no cumplimiento del artículo 93, de la Ley 186-07 de fecha 06 de agosto de 2007.

Que en el párrafo II introduce modificaciones a la Ley General de Electricidad 125-01, sobre energía no servida,   y que instituye: “Las Empresas Distribuidoras estarán obligadas a compensar a los Usuarios Regulados por la energía eléctrica no servida, conforme a las normas técnicas de calidad de servicio, que para tales fines establezca la Superintendencia de Electricidad mediante resolución…”.

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Superintendente de Electricidad,

La Defensora del Pueblo afirmó que la institución que dirige hace la advertencia a la población, y le recuerda a la Superintendente de Electricidad, cumplir las normativas, parar ofrecer respuestas a los ciudadanos que visitan este órgano constitucional, presentando quejas, debido a los continuos apagones que afectan el país.

Recordó que la Superintendente de Electricidad, emitió la Resolución 066-2016, de fecha 12 del mes de agosto del año 2016, en la que estableció que, a partir de enero de 2021, las empresas distribuidoras deberán pagar las compensaciones a sus clientes o usuarios titulares, por energía no suministrada.

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Además, la doctora Martínez Guante indicó, que la Superintendencia de Electricidad fijará el monto a compensar a los usuarios por concepto de la energía no servida, estableciendo la forma y condiciones en que se hará la compensación.

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Por lo que, manifestó que, a partir del dos de enero de 2021, la superintendencia de Electricidad también deberá exigir a las empresas distribuidoras, fiel cumplimiento de esta disposición legal y de la resolución.