Para votar en el exterior es necesario un registro voluntario previo

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Así lo explicó el presidente de la JCE

Santo Domingo.- El Presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, explicó este viernes que una persona dominicana “no vota en el exterior porque viva en el exterior, sino porque se ha registrado para votar en el exterior”.

En virtud de que se trata de un registro voluntario y expreso que tiene que producirse previo al cierre del padrón de electores, según los plazos legales para ese fin.

Explicó, a su vez, que la misma Ley especifica que “si usted no está en ese registro, usted no puede votar porque hay una integridad y seguridad de las elecciones que viene determinada por el padrón electoral”, al momento del cierre del mismo.

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Julio César Castaños Guzmán

Ley 15-19

Asimismo, atendiendo a diversas casuísticas y circunstancias de tiempos anteriores, Castaños Guzmán explicó que cuando no existía la Ley 15-19 se permitió que esas personas en el 2016 votaran en base a una resolución especial que se dictó al efecto.

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Pero, en el caso actual y con la nueva ley, “para votar en el exterior y en la República Dominicana usted tiene que estar inscrito en el padrón de electores”.

Precisó que ese padrón que será utilizado en las elecciones del 5 de julio se cerró y que no es “óbice para que nosotros estemos en el deber de darle una explicación a todo el que de alguna manera se sienta desfavorecido, porque uno de los criterios de los principios de la democracia electoral es la transparencia y, por eso, la institución tiene abierta la posibilidad en el Verifícate de que todo el mundo sepa dónde va a votar”.

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En el caso de Cecilia García, dijo que la destacada artista “cambió su cédula en el año 2015 en el área VIP de acá (en la sede central de Santo Domingo) y, al hacer eso, evidentemente en nuestro archivo quedó que cambió para que votara aquí y eso es lo que tenemos en nuestra base de datos.

Voto en territorio nacional

»Ya quisiéramos nosotros arreglarlo, pero sería desconsiderado para aquellos que no tienen esa prestancia y que están en una situación parecida y que tampoco van a poder votar”.

Respecto a las elecciones municipales del 15 de marzo, precisó que, en dicho caso, todos los ciudadanos dominicanos en el padrón pueden ejercer su derecho al voto en territorio nacional.

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Ya que la segregación del padrón del exterior solo realiza para las elecciones presidenciales y congresuales, según el mandato de la ley.

En consecuencia, personas que se encontraran registradas para votar en el exterior al momento de las elecciones del 15 de marzo pudieron votar en el país, pero para las elecciones del 5 de julio, deberán ejercer su derecho al voto en el lugar en el cual se encuentran empadronados para votar.