NUEVA JERSEY, (Noticia.do).– El presidente de la Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, propuso establecer un registro automático y gratuito para los hijos de dominicanos nacidos en el exterior, mediante la Junta Central Electoral (JCE) y los consulados. El planteamiento, difundido el 30 de septiembre, busca simplificar los procedimientos que las familias realizan para documentar la nacionalidad dominicana de sus hijos.

Según la comunicación de la organización política, Fernández presentó la iniciativa durante un acto de juramentación de nuevos miembros en Nueva Jersey. El expresidente sostuvo que los trámites que calificó como “tediosos, largos y costosos” llevan a algunos padres a desistir del registro.

La Constitución ya reconoce como dominicanos a los nacidos fuera del país de padre o madre dominicanos. Por tanto, la propuesta se concentra en facilitar el registro y la documentación de una nacionalidad reconocida constitucionalmente.

Qué propone Leonel para el registro en el exterior

Fernández planteó que la JCE, a través de las oficinas consulares dominicanas, registre inmediatamente y sin costo a los hijos de dominicanos nacidos en Estados Unidos.

“Entonces la propuesta nuestra va a ser que el que nace en territorio de los Estados Unidos de padres dominicanos, si es de pleno derecho, la Junta Central Electoral a través del consulado tiene que declararlo inmediatamente, sin costo alguno, como dominicano”, expresó.

El dirigente argumentó que la ascendencia dominicana fundamenta ese derecho y defendió que las nuevas generaciones mantengan sus vínculos con República Dominicana.

La comunicación partidaria no detalla un proyecto normativo, un calendario de aplicación ni cómo se cubrirían los gastos de documentos extranjeros, traducciones o apostillas. El anuncio corresponde a una propuesta política y no comunica la entrada en vigor de un nuevo procedimiento.

Qué reconoce la Constitución dominicana

El artículo 18, numeral 4, de la Constitución vigente reconoce la nacionalidad dominicana a quienes nacen en el extranjero de padre o madre dominicanos, aunque hayan adquirido otra nacionalidad por su lugar de nacimiento.

Esto significa que basta con que uno de los progenitores sea dominicano; el texto constitucional no exige que ambos lo sean.

La misma disposición establece que, al cumplir 18 años, estas personas podrán manifestar ante la autoridad competente su voluntad de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de ellas. El artículo 20 también dispone que adquirir otra nacionalidad no implica perder la dominicana.

Qué trámite publica actualmente la JCE

La JCE mantiene publicado un procedimiento de transcripción del acta de nacimiento extranjera para hijos de dominicanos. Entre los requisitos figuran:

  • Acta de nacimiento extranjera original, actualizada y apostillada.
  • Traducción al español con la legalización correspondiente, cuando proceda.
  • Copias de la cédula o del pasaporte dominicano vigente de los padres.

Cuando el país emisor no pertenece al Convenio de La Haya, la JCE indica que corresponde realizar la legalización consular y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, según el caso. Los requisitos oficiales pueden consultarse en su

La diferencia central entre ese procedimiento y el planteamiento de Fernández está en la automatización y la gratuidad que propone. Su comunicación no precisa cuáles requisitos documentales se simplificarían ni cómo se comprobaría la filiación.

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