¿Las sonografías mienten? ¿El embarazo de Gisela era o no gemelar?

negro veras

Por: Ramón Antonio Veras.

1.- Lo que una persona diga puede ser o no creído dependiendo de los elementos que le permiten probar o averiguar su verdad.

 2.- Lo verificable va en favor de quien alega algo que es posible demostrar, proporcionando los medios para patentizar lo alegado.

3.- La opinión pública nacional conoce  parte de los argumentos que expone la señora Ysela Carmona Montaño (Gisela) para decir que estaba embarazada de dos niñas, pero luego de parir solamente le entregaron una.

4.- Cualquier malvado puede alegar que Gisela Carmona está partiendo de supuestos no probados y que, por tanto, cae en el campo de la imaginación y la presunción afectada.

5.- Contrario a lo que de mala fe puede pensarse, la señora Carmona expone con plena firmeza y sólidos argumentos el caso que en el fondo de su alma la lesiona.

6.- La madre Gisela Carmona, cuando se refiere al asunto que la mantiene afligida, no dice: “vamos a suponer”, “no estoy segura de que”, “tal vez”, “quizás”, “pongamos por ejemplo”. Ella no presume ni sospecha.

7.- La señora Gisela no conjetura ni habla con disimulo o con mala intención. Hace uso de la palabra con total firmeza y absoluta espontaneidad.

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8.- La atribulada madre tiene a flor de labios lo que para ella es la verdad, fuera de toda maniobra para engañar o torcer la realidad.

9.- Como los hechos son los hechos y no se derriten, la señora Carmona cita lo que es de su conocimiento como fruto de lo que fue informada por quienes sabían del embarazo.

10.- Las aseveraciones de la señora Gisela Carmona podían  ser afirmadas porque son el resultado de informes que provienen de sus médicos, y estos los recogieron de estudios de imágenes a los que la señora Gisela Carmona  fue sometida durante su embarazo.

11.- El periódico Diario Libre, del 11 de junio de 2025, publicó un trabajo con la firma de Anyara Solano, en el cual se  destacan dos puntos relacionados con el tema que nos ocupa. Lo primero que aborda el citado escrito fue lo declarado por la señora  Gisela Carmona, en el sentido de que: “Aquí en Sabana yo me hice seis sonografías. Me hice cuatro con la doctora que le dicen de los Ángeles, quien fue quien me hizo la mayoría de mis primeras sonografías. Ella fue que se dio cuenta que era gemelar. En todas me salía lo mismo”.

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12.- En el mismo escrito de la periodista Anyara Solano, se hace constar que: “Diario Libre tuvo acceso a los estudios realizados a Ysela Carmona, con una diferencia de casi cuatro meses, en los que se señalaba que cursaba un embarazo gemelar”.  “El primer informe, con fecha del 25 de enero de 2025, proviene del Hospital Municipal Dr. Pedro Heredia Rojas, en Sabana Grande de Boyá. En él, firmado por la doctora Esmerlin de Los Ángeles, se establece la presencia de dos bebés en el útero, con parámetros biométricos diferenciados (DBP, HC, LF, CA) para cada uno, así como los pesos estimados de 412 gramos y 503 gramos. La impresión diagnóstica concluye en un “embarazo gemelar de 20.3 y 21.4 semanas por fotometría”.  El segundo informe, con fecha 16 de mayo de 2025, del Centro de Diagnóstico De Los Ángeles, también en Sabana Grande de Boyá y firmado por la Dra. Esmerlin de los Ángeles, refiere nuevamente la presencia de dos fetos. La conclusión final del documento especifica un embarazo gemelar de F1: 34.2 semanas y F2: 34.6 semanas por biometría fetal. Ambos fetos con pesos aproximados de 5 libras y 6 onzas, y 5 libras y 14 onzas”.

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14.- El caso que conmueve y mantiene perturbada a la madre Gisela Carmona, por la desaparición de su otra criatura, debe ocupar la atención de toda la comunidad dominicana sensible.

15.- En un escrito que publicamos ayer, con el título: “Un caso para la fiscalía correspondiente y el Defensor del Pueblo”; hicimos hincapié en el orden de que lo que apena a la señora Gisela Carmona debe ser objeto de investigación, específicamente  por la fiscalía de la jurisdicción que le compete el asunto y por el Defensor del Pueblo.

16.-  La señora Gisela Carmona, no obstante su condición de pobre, es titular de derechos constitucionales que la hacen acreedora de organismos institucionales  que deben ir en su apoyo para  despejar toda duda de que le robaron su otra criatura gemelar.

Santiago de los Caballeros,

3 de agosto de 2025.

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