La JCE reitera prohibición de actividades proselitistas antes del inicio oficial de la campaña

La JCE reitera prohibición de actividades proselitistas antes del inicio oficial de la campaña

JCE recuerda la prohibición de actos proselitistas

La Junta Central Electoral (JCE) ha reiterado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía, que los períodos de precampaña y campaña electoral no han iniciado.

Por lo tanto, está prohibida la realización de cualquier acto proselitista en favor de candidatos o entidades políticas.

Esta restricción está fundamentada en la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, las cuales establecen claramente los tiempos para la promoción de candidaturas.

Más noticias:   Aplazan coerción acusado triple crimen Yamasá

Llamado a la responsabilidad de partidos y ciudadanos

La JCE instó a los líderes y dirigencias de los partidos políticos, así como a la población en general, a actuar con responsabilidad y compromiso democrático. Enfatizó la importancia de respetar las normas electorales para garantizar un ambiente basado en la paz social, el orden, la integridad y la legalidad.

El organismo electoral subrayó que el cumplimiento de estas normativas es fundamental para fortalecer la confianza en el proceso electoral y evitar tensiones innecesarias antes del inicio oficial de la campaña.

Calendario oficial de precampaña y campaña electoral 2028

De cara a las elecciones generales de 2028, la JCE recordó que los períodos oficiales para la promoción política son los siguientes:

  • Precampaña: Inicia el primer domingo de julio de 2027 y concluye con la selección de candidaturas.
  • Campaña electoral: Comenzará formalmente tras la proclama de la JCE, emitida a más tardar 70 días antes de las elecciones.
Más noticias:   Implementación de patrullaje por cuadrantes y corredores

El respeto a este calendario es obligatorio para todos los actores políticos, según lo estipulado en la legislación electoral vigente.

Sanciones por incumplimiento de la ley

La JCE advirtió que se aplicarán sanciones a quienes infrinjan la ley, según lo dispuesto en:

  • Artículo 308, numerales 4 y 5 de la Ley 20-23.
  • Artículo 78, numeral 8 de la Ley 33-18.

Estas disposiciones establecen penalidades para aquellos partidos, movimientos políticos o ciudadanos que realicen actividades proselitistas fuera del tiempo permitido.

El organismo electoral reiteró que su misión es garantizar el cumplimiento de las normativas y velar por la transparencia del proceso electoral.

La importancia del respeto al proceso electoral

junta central electoral (JCE)

La JCE reafirmó su compromiso con la democracia y el cumplimiento de las reglas electorales. Subrayó que el respeto al calendario electoral es clave para preservar la equidad entre los actores políticos y garantizar elecciones transparentes y justas.

Más noticias:   Santiago: Prisión preventiva hombre mató adolescente

Finalmente, hizo un llamado a todos los sectores a respetar las disposiciones vigentes y a evitar acciones que puedan generar tensión o desorden en el desarrollo del proceso electoral.

Leave a Reply