Resumen rápido sobre el nuevo Código Penal
- Vigencia: 6 de agosto de 2026, ley 74-25
- Artículo 251: revocación del exequátur como pena complementaria a la prisión
- Inhabilitación profesional: hasta cinco años o de forma definitiva
- Ministerio Público asumiría la acción de revocación ante los tribunales
SANTIAGO, (Noticia.do) Ingenieros, médicos y abogados que usen su profesión para cometer estafas, falsificaciones o lavado de activos perderán su exequátur profesional cuando entre en vigor el nuevo Código Penal el 6 de agosto de 2026, advierte el abogado César Amadeo Peralta en un análisis jurídico publicado sobre la ley 74-25.
Según Peralta, el artículo 251 del nuevo código establece penas complementarias a la prisión correccional aplicables a cualquier profesional que utilice su título, sus conocimientos o su oficina para delinquir. En su análisis, el jurista señala que la revocación del exequátur —la autorización otorgada por el Poder Ejecutivo para ejercer una profesión— podrá ser temporal o definitiva según la gravedad del delito.
Para Peralta, esta disposición cierra una brecha histórica: hasta ahora los gremios controlaban sus propios procesos disciplinarios con resultados escasos, permitiendo que profesionales condenados siguieran ejerciendo sin mayores consecuencias.
De acuerdo con el análisis del jurista, los artículos 30, 34, 39 y 41 del nuevo código contemplan tres tipos de sanciones complementarias que los jueces podrían imponer junto a la pena de cárcel: el cierre del establecimiento comercial vinculado al delito por un máximo de tres años o de forma definitiva; la inhabilitación para ejercer la profesión por hasta cinco años o de manera permanente; y la revocación de la licencia o título habilitante. Las tres medidas, sostiene Peralta, pueden aplicarse de forma simultánea.
El abogado señala que el cambio más relevante es quién ejecuta la sanción. Peralta destaca que el Colegio Dominicano de Notarios era el único gremio que solicitaba con regularidad la cancelación del exequátur a sus miembros por faltas graves, mientras que el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) mantenía normas disciplinarias que califica como "prácticamente inaplicables".
Esto permitió, según el jurista, que profesionales condenados por estafas y robo de tierras continuaran operando. Con la nueva ley, en su criterio, el Ministerio Público podrá solicitar directamente la revocación ante los tribunales.
Entre los grupos más expuestos, Peralta identifica a ingenieros involucrados en estafas de apartamentos en planos y estructuras piramidales inmobiliarias; médicos con condenas por prácticas quirúrgicas clandestinas cuyos consultorios rara vez eran clausurados; contables y auditores vinculados a doble contabilidad; y abogados con antecedentes en falsificación de documentos.
El jurista advierte que la norma aplica a todas las profesiones que requieran exequátur del Estado, sin excepción por gremio ni trayectoria. En su columna titulada "Ingenieros, médicos y abogados acusados de estafas, abuso de confianza y otros delitos graves perderán su exequátur profesional en el nuevo Código Penal", Peralta concluye con una advertencia directa: "lean el Código, que viene fuerte".
