El funcional castigo de los bolsillos

manuel volquez

Manuel Vólquez

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) ha implementado nuevas multas y medidas para mejorar la seguridad vial en la República Dominicana.

Se trata de una decisión respaldada por los ciudadanos sensatos, responsables y respetuosos de la ley, pero rechazada por los inadaptados sociales que por décadas han sacado provecho al desorden implantado en las calles manejando vehículos de motor de manera imprudente, temeraria, sin portar seguros de ley, sin licencia para conducir o vencidas, si las tienen.

A partir del 4 de agosto de 2025, las reglas del juego cambiaron para esos embajadores del caos que tradicionalmente se han valido del tráfico de influencia política, militar, policial o gremial para quedar impunes ante las reincidentes violaciones de tránsito.

Las nuevas disposiciones del Intrant contemplan aplicar una multa por mal estacionamiento, que puede ascender a 5,000 pesos dominicanos. Esta penalidad incluye 1,000 pesos por la infracción y 4,000 por el servicio de grúa y custodia del vehículo.

La verdad es que, a nivel nacional, el mal estacionamiento vehicular se ha convertido en una calamidad pública. Aparcan sobre las aceras, colocan rótulos y tarros pesados con flores en los frentes de negocios o las casas para que nadie ocupe esos sitios, comportamiento que es una franca violación a los espacios públicos a los que todos tenemos derechos adquiridos.

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En lo adelante, se aplicarán sanciones para infracciones graves, como exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol y retendrán vehículos por aparcamiento indebido o conducción bajo efectos del alcohol. Además, hay la posibilidad de declarar en rebeldía a infractores que no paguen sus multas. Esos conductores pueden perder su licencia de conducir con la autorización de un Juez.

En ese contexto, la Policía Nacional continuará realizando pruebas de alcoholímetro en coordinación con la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), especialmente en horarios nocturnos y zonas de riesgo.

Manejar bajo los efectos del alcohol y drogas es una vieja práctica que debe erradicarse en el país. Un conductor en estado de embriaguez es un potencial asesino sobre ruedas.

Otro paso positivo es que se incorporará la educación vial en el currículo escolar y se fortalecerá la fiscalización en carreteras o vías urbanas. Los escolares deben estar orientados sobre educación vial y lo mismo procede con los adultos porque ocurren muchos accidentes de tránsito debido al desconocimiento vial. De igual modo, se creará un departamento para brindar apoyo legal y psicológico a víctimas de accidentes de tránsito y sus familiares.

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Las autoridades han escuchado el clamor popular, que ha solicitado decisiones drásticas por el aumento de los accidentes de tránsito, que han cobrado vidas y dejado familias enlutadas.

Como respuesta a esas inquietudes se han sugerido reformas a la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para hacerla más efectiva. Las enmiendas figuran en un documento depositado ante la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

La retención de vehículos contemplada en la Ley 63-17 para quienes se estacionen mal o conduzcan bajo los efectos del alcohol, es un tema que podría generar graves conflictos.

Sin embargo, la Ley 63-17 regula las condiciones y causales bajo las cuales las autoridades pueden incautar temporalmente un vehículo: la falta de documentación, si el conductor no porta la licencia de conducir, el seguro del vehículo, la matrícula o cualquier otro papel requerido por la ley; en casos de infracciones graves, como accidentes con lesionados o muertos, daños a la propiedad pública, vehículos abandonados en la vía pública, o estacionamiento en lugares prohibidos.

Si un vehículo está involucrado en un choque y el conductor se da a la fuga, la policía o la AMET pueden retenerlo por 48 horas. Igual aplicaría si se circula en motocicletas en los túneles o pasos a desnivel, acción muy común en algunos civiles, militares y policías. La ley establece un plazo de 90 días para que los propietarios reclamen sus vehículos retenidos, después de lo cual pueden ser vendidos en subasta pública. Para retirar un aparato incautado, los dueños deben presentar la documentación requerida, como licencia, matrícula, seguro, y pagar las multas correspondientes.

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Otro detalle importante se refiere a sancionar drásticamente las temerarias carreras clandestinas con penas privativas de libertad de 1 a 2 años para los corredores. Esa actividad representa un alto riesgo para motoristas, automovilistas y demás ciudadanos.

También, regula estrictas acciones punitivas a los motociclistas que no porten casco, licencia de conducir o no tenga su documentación al día, sin excepciones. Se propone en la modificación a la citada ordenanza legal que el no pago de multas impida la obtención de certificados de buena conducta, la renovación de licencias y del marbete, con el respaldo de la justicia para hacer estas sanciones obligatorias.

Es una correcta disposición administrativa gubernamental que tendrá efectos a corto plazo porque el ciudadano, en sentido general, solo obedece y actúa con prudencia cuando sus bolsillos son afectados con severidad. Es un castigo que funciona, hay que imponerlo por encima del costo político.

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