Condenan hombre mató a otro en Arroyo Hondo

El crimen ocurrió en en el residencial Las Margaritas, Perantuen de Arroyo Hondo

SANTO DOMINGO.- Los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional impuso 30 años de prisión contra un hombre que en el año 2020 le quitó la vida a otro, durante un robo realizado en la casa de la víctima, en el sector Arroyo Hondo.

El tribunal, que preside la magistrada Claribel Nivar Arias y que integran los jueces Yissell Soto Peña y Edward Abreu, emitió la sentencia en contra de José Antonio Leonardo, alias Peluca, y le impuso el pago de una indemnización de seis millones de pesos a favor de los familiares de la víctima, Efraín de Jesús de los Santos.

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El hoy condenado se asoció con otros dos hombres, hasta el momento prófugos, para robar en casa de la víctima, a quien le propinaron varios disparos en distintas partes del cuerpo, el 6 de septiembre de 2020.

Durante la audiencia, la fiscal litigante Topacio Suero presentó las evidencias testimoniales, documentales, periciales, ilustrativas y materiales que sustentaron la condena obtenida contra el acusado, la cual cumplirá en la cárcel pública del Kilómetro 15 de Azua.

¿Cómo ocurrió el crimen?

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En cuanto al crimen, la pieza acusatoria detalla que José Antonio Leonardo y sus acompañantes penetraron a la casa, en el residencial Las Margaritas, Perantuen, sector Arroyo Hondo, de donde robaron varias prendas preciosas y una yipeta Toyota 4Runner.

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Los tres asaltantes huyeron en el vehículo con destino a la autopista Juan Pablo II, donde lo incendiaron, y luego se dirigieron a una tienda de venta de ropa que se dedica a la compra y venta de oro, donde vendieron las prendas sustraídas.

El caso fue esclarecido a partir de una denuncia presentada el 23 de octubre de ese año, por parte de un pariente de Leonardo, que de manera voluntaria entregó el arma que él le había dado a guardar, una pistola Browning, calibre 9 milímetros, utilizada en el crimen.

La conducta de José Antonio Leonardo fue calificada por el Ministerio Público como asociación de malhechores y asesinato agravado, delitos previstos y sancionados en los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 302, 379, 382 y 434 y 304 del Código Penal, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.