SANTO DOMINGO, (Noticia.do).– El Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo condenó a 30 años de prisión a Yimi Francisco Acosta Mateo, declarado culpable de matar con un arma blanca a su primo Pablo Geovani Toribio Acosta, conocido como “Vani”, para sustraerle dinero, una cartera y una cadena de oro en un hecho ocurrido en Santo Domingo Norte en 2022.
La sentencia, divulgada este sábado 5 de septiembre por el Ministerio Público, también ordena al condenado pagar una indemnización de RD$2 millones a los familiares de la víctima. Acosta Mateo cumplirá la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, ubicado en San Antonio de Guerra.
Datos clave
- Condenado: Yimi Francisco Acosta Mateo.
- Víctima: Pablo Geovani Toribio Acosta, “Vani”.
- Pena: 30 años de prisión.
- Indemnización: RD$2 millones.
- Lugar del crimen: sector Hacienda Estrella, Santo Domingo Norte.
- El homicidio ocurrió en 2022.
- La víctima tenía previsto viajar a Estados Unidos esa misma tarde.
¿Qué ocurrió antes del crimen?
La reconstrucción presentada por el Ministerio Público revela detalles que permiten entender las horas anteriores al asesinato.
Pablo Geovani Toribio Acosta se encontraba en un colmado del sector Villa Jerusalén, donde residía, cuando su primo Yimi Francisco Acosta Mateo llegó al establecimiento.
Según el expediente, la víctima le pidió que lo acompañara posteriormente a buscar su vehículo a un car wash situado en Haras Nacionales, en Santo Domingo Norte.
Toribio Acosta había llevado el automóvil a lavar porque tenía previsto viajar hacia Estados Unidos durante la tarde de ese mismo día, conforme a la acusación acogida por el tribunal.
Después de dejar el vehículo en el establecimiento, regresó a su residencia.
Horas más tarde, ambos primos salieron juntos con dirección al car wash para retirar el automóvil.
El viaje terminó en Hacienda Estrella
El Ministerio Público estableció durante el juicio que posteriormente Acosta Mateo llevó a cabo el ataque contra su primo en el área de Hacienda Estrella, también en Santo Domingo Norte.
La víctima sufrió varias heridas de arma blanca que le provocaron la muerte.
De acuerdo con la acusación, el objetivo fue despojarlo de una cantidad de dinero que no pudo ser determinada, una cartera y una cadena de oro.
El comunicado oficial no especifica el punto exacto de Hacienda Estrella donde se produjo el homicidio ni detalla cómo las autoridades localizaron inicialmente a la víctima.
Tampoco establece públicamente cuánto dinero llevaba Toribio Acosta antes del viaje.
Esos son datos que no deben completarse mediante suposiciones.
¿Cómo identificaron al primo como sospechoso?
Tras el crimen, Acosta Mateo fue identificado como el principal sospechoso y posteriormente arrestado mediante una orden judicial.
El Ministerio Público indicó que durante el juicio presentó un conjunto de evidencias testimoniales, documentales, periciales, audiovisuales, procesales y materiales.
Esa combinación de elementos fue valorada por el Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo, que declaró probada la responsabilidad penal del acusado.
El comunicado oficial, sin embargo, no individualiza cada pieza probatoria ni explica qué grabaciones o peritajes fueron determinantes para vincular al condenado con el homicidio.
Obtener la sentencia íntegra permitiría conocer con mayor precisión cómo fue reconstruida la ruta de los primos, qué evidencia forense fue presentada y cuáles testimonios resultaron decisivos.
Tribunal acogió asesinato y robo agravado
El Ministerio Público atribuyó al procesado violaciones a los artículos 295, 298, 302, 379, 382, 383 y 386 del Código Penal vigente al momento de los hechos, además de los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 sobre armas.
Las disposiciones citadas abarcan figuras como homicidio, circunstancias agravantes, asesinato y distintas modalidades de robo.
El artículo 298 del antiguo Código Penal define la acechanza como esperar a una persona en uno o varios lugares con la finalidad de darle muerte o ejercer violencia contra ella, una circunstancia que históricamente ha sido examinada por los tribunales dominicanos para establecer la calificación de asesinato.
Por su parte, la jurisprudencia del Poder Judicial reconoce que el artículo 302 contemplaba expresamente 30 años de reclusión mayor para determinados homicidios agravados calificados como asesinato.
Uso de arma blanca
Otro elemento incorporado a la acusación fue la utilización de un arma blanca.
Los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 regulan la portación de determinadas armas blancas y establecen sanciones, sin perjuicio de penas superiores cuando esos instrumentos son utilizados para cometer otros delitos.
En este proceso, esas disposiciones fueron aplicadas conjuntamente con los delitos de asesinato y robo atribuidos al condenado.
¿Quiénes dictaron la sentencia?
El tribunal estuvo integrado por las juezas Josefina Ubiera Guerrero, quien lo presidió; Ana Miledys Taveras, y el juez Isaías R. Martínez P.
La acusación fue sostenida durante el juicio por la fiscal Ana Basora, mientras que el expediente había sido instrumentado por el fiscal Wilson Díaz, según el Ministerio Público.
El tribunal decidió imponer la pena de 30 años, además de la reparación económica de RD$2 millones a favor de los familiares.
¿Qué significa la indemnización de RD$2 millones?
La indemnización no sustituye la condena penal.
Se trata de una consecuencia civil derivada del daño causado a los familiares de la víctima, mientras que los 30 años de prisión corresponden a la responsabilidad penal determinada por el tribunal.
La información divulgada no especifica cuáles familiares fueron reconocidos como beneficiarios ni cómo fue distribuido el monto establecido.
Una sentencia cuatro años después
El homicidio ocurrió en 2022 y la condena fue comunicada en septiembre de 2026, lo que significa que el proceso penal se extendió durante aproximadamente cuatro años.
El comunicado no especifica la fecha exacta del asesinato ni cuándo fue arrestado Acosta Mateo.
Tampoco detalla cuándo comenzó formalmente el juicio de fondo.
Una búsqueda en publicaciones disponibles en la web no permitió localizar hasta ahora una cobertura periodística suficientemente documentada del hecho original de 2022 que aporte esos datos sin depender del expediente divulgado ahora.
Esto convierte a la sentencia íntegra y al expediente judicial en las fuentes más importantes para completar posteriormente la cronología.
¿La sentencia es definitiva?
La decisión corresponde a un tribunal de primera instancia.
Aunque Acosta Mateo ha sido declarado culpable y condenado, la legislación procesal dominicana permite que una sentencia sea recurrida ante una corte de apelación y, en determinadas circunstancias, llegue posteriormente a la Suprema Corte de Justicia.
El Ministerio Público no informó en su comunicado si la defensa anunció inmediatamente que recurrirá la decisión.
Nota legal
Yimi Francisco Acosta Mateo ya no figura únicamente como imputado en este proceso: fue declarado culpable y condenado por un tribunal a 30 años de prisión.
No obstante, la sentencia de primera instancia puede estar sometida a los recursos establecidos por la legislación dominicana hasta adquirir carácter definitivo.
