Coerción implicados caso droga camión Kola Real

Coerción implicados caso droga camión Kola Real

Los dos hombres apresados se desplazaban en el camión de Kola Real el pasado viernes

Coerción implicados caso droga camión Kola RealSANTIAGO.-Un jueza de la Oficina de Servicios Judiciales de Atención Permanente dictó tres meses de prisión preventiva en contra de dos hombres que fueron arrestados el pasado viernes en el chequeo de Jicomé tras ocupárseles 26 pacas de un vegetal desconocido, con un peso aproximado de 258 libras, de marihuana y que fue ocupada en un camión de la empresa Kola Real.

La magistrada Elizabeth Marte Lirio acogió la solicitud del Ministerio Público de mantener en prisión a los imputados Eduardo Enmanuel Marcelino y Kelly Cabrera, quienes fueron detenidos en el chequeo militar de Jicomé, en el municipio de Esperanza.

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La institución detalló respecto al caso, que los imputados fueron apresados por miembros de la Fiscalía de Valverde, el Ejército y agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), tras ocupárseles la presunta droga en un camión de la empresa Kola Real en el que se desplazaban y cuyo conductor era Kelly Cabrera.

Además, de los presuntos narcóticos, les fue ocupada una pistola marca Smith & Wesson, con su respectivo cargador y 10 cápsulas para la misma, sin ningún tipo de documento para porte y tenencia de armas.

De igual manera, durante la operación también les fue ocupado un celular marca ZTE, una cartera conteniendo la suma de RD$450 pesos, US$5 dólares y una tarjeta de crédito. Ambos deberán cumplir la coerción en la cárcel de Montecristi.

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Mientras que este miércoles el abogado Juan Carlos Báez dijo que su cliente Eduardo Enmanuel Marcelino tomó una bola en el camión y que no es empleado de la empresa Kola Real, lo que demostrará en la revisión de la medida de coerción.

“En ese expediente falta gente y a los imputados los quieren usar de chivo expiatorio, realmente los que montaron la droga son los que tienen que estar presos”, apuntó Báez.

La Fiscalía de Valverde ha otorgado al presente caso la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 4 letra “D”, 6 letra “A”, 8 categoría I, acápite I, (Código 7360), 9 letra “F”, 28, 33, 34, 35, 58 Letra “A”, (Art. 1 acápite XLV1), 75 párrafo II y 85 letra “D” de la Ley 50-88 sobre drogas y sustancias controladas, y el artículo 3, numeral 51 y 67 de la Ley No. 631-16 para el control de armas, municiones y materiales relacionados.

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