Puntos clave
- El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional envió a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat a juicio de fondo por el caso Jet Set.
- El tribunal acogió de manera total la acusación del Ministerio Público por homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias.
- La apertura a juicio no equivale a una condena: la responsabilidad penal se decidirá en el juicio de fondo.
- El Ministerio Público anunció que solicitará la pena máxima prevista en la ley.
- El juez mantuvo las medidas de coerción y ordenó la inmovilización de bienes por 500 millones de pesos.
SANTO DOMINGO, (Noticia.do).— El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional envió este lunes a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat a juicio de fondo por el caso Jet Set, al acoger de manera total la acusación del Ministerio Público por el colapso del techo de la discoteca, que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas el 8 de abril de 2025.
El juez Raymundo Mejía Ortiz acogió la calificación jurídica del órgano persecutor —homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias, previstos en los artículos 319 y 320 del Código Penal— y admitió las pruebas testimoniales, periciales, documentales y materiales presentadas por la Fiscalía. La decisión, sin embargo, no equivale a una condena: significa que el tribunal entendió que la acusación reúne méritos suficientes para ser debatida en un juicio oral, público y contradictorio, en el que se determinará si los procesados tienen o no responsabilidad penal.
El procurador adjunto Wilson Camacho, director general de Persecución del Ministerio Público, calificó el fallo como apegado a derecho y adelantó que la Fiscalía procurará la pena máxima cuando se conozca el juicio de fondo. Según detalló, el tribunal acogió la acusación del órgano persecutor a la que se adhirieron 42 de los 54 querellantes del proceso. Camacho actuó junto a los fiscales Emmanuel Ramírez, Rosa Ysabel, Miguel Collado y Magali Sánchez.
"Ahora pretendemos ir a juicio a buscar el máximo que permite la ley de pena en este tipo de caso."— Wilson Camacho, procurador adjunto y director general de Persecución del Ministerio Público
El magistrado mantuvo las medidas de coerción contra los procesados, consistentes en una garantía económica de 50 millones de pesos para cada uno, impedimento de salida del país y presentación periódica ante el Ministerio Público. Además, en su condición de medida de coerción real, ordenó trabar embargo conservatorio e inscribir hipoteca judicial sobre los bienes por la suma de 500 millones de pesos —el duplo de la suma principal—, con el fin de que las víctimas tengan garantía de que sus derechos puedan ser resarcidos a medida que avance el proceso.
El tribunal también admitió como terceros civilmente demandados a las entidades Difusora Hemisferio, S.R.L., e Inversiones CCEP-2, S.A., así como a Evelyn Espaillat y Ana Grecia López, cuyos escritos y pruebas serán remitidos a juicio junto a la acusación principal.
Sobre el peritaje aportado por la defensa de los acusados, Camacho sostuvo que ese informe técnico también concluye que hubo negligencia e imprudencia, los mismos elementos que, según la acusación, sustentan la imputación del Ministerio Público. El órgano persecutor afirmó que su investigación incluyó un peritaje con la participación de un experto internacional.
Datos clave del proceso
- Etapa procesal: apertura a juicio de fondo (los acusados se presumen inocentes)
- Tribunal: Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional
- Juez: Raymundo Mejía Ortiz
- Fiscalía actuante: Dirección General de Persecución del Ministerio Público
- Calificación jurídica: homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias (artículos 319 y 320 del Código Penal)
- Hecho: colapso del techo de la discoteca Jet Set, 8 de abril de 2025 — 236 fallecidos y más de 180 heridos
El desplome del techo del Jet Set, ubicada en la avenida Independencia, en el sector El Portal del Distrito Nacional, ocurrió la noche del 8 de abril de 2025 y se convirtió en una de las mayores tragedias por presunta negligencia estructural registradas en el país. Con la apertura a juicio, el proceso penal entra en su fase determinante, en la que un tribunal de fondo deberá valorar las pruebas presentadas por las partes.
¿La decisión significa que los hermanos Espaillat son culpables?
¿Qué pena enfrentan los hermanos Espaillat?
¿Qué medidas de coerción se mantienen?
Las personas mencionadas en esta nota se presumen inocentes hasta que una sentencia judicial firme determine lo contrario, conforme al artículo 69 de la Constitución de la República Dominicana y el Código Procesal Penal.