Apelación del Ministerio Público en caso de Tekashi

Apelación del Ministerio Público en caso de Tekashi

Tekashi es acusado de violencia de género

En un movimiento que ha capturado la atención pública y generado serias dudas sobre la efectividad del sistema judicial dominicano, el Ministerio Público anunció su decisión de apelar las medidas de coerción otorgadas al rapero estadounidense Daniel Hernández, conocido artísticamente como Tekashi o 6ix9ine.

El caso, que involucra acusaciones de violencia de género e intrafamiliar, ha resaltado no solo la notoriedad del acusado sino también las complejidades y desafíos en la protección de las víctimas en la República Dominicana.

Fallas en la aplicación de la justicia

El Ministerio Público ha expresado su inconformidad con la decisión de la jueza Fátima Veloz, quien impuso una medida de coerción considerada insuficiente dada la gravedad de los hechos. La fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, ha señalado que la resolución de la jueza Veloz contraviene la normativa vigente, poniendo en riesgo la seguridad de la víctima, en este caso, la cantante urbana Jorgina Guillermo Díaz (Yailín La Más Viral) y su madre Wanda Díaz Núñez.

Más noticias:   PLD pide interpelar funcionarios sector salud en el Congreso

Vulneración de derechos y peligro de impunidad

La fiscal Ramos ha destacado varios aspectos preocupantes de la decisión judicial. Entre estos, se incluye la vulneración del derecho de la víctima, Wanda Díaz Núñez, a ser escuchada, a pesar de haber presentado una constancia médica que justificaba su ausencia. Además, la jueza permitió la participación de abogados no autorizados por ley y desestimó pruebas cruciales como la llamada de auxilio de Yailín al 9-1-1 y el potencial peligro de fuga de Tekashi, siendo extranjero.

Ignorancia de pruebas y riesgos

Otro punto crítico en la decisión judicial fue la omisión de pruebas relevantes, como la posesión de un celular por parte de Tekashi en su celda, utilizado para intimidar a testigos y obstaculizar la investigación. La fiscal Ramos advierte que la libertad otorgada a Tekashi no solo pone en riesgo a Yailín y su madre, sino también a una bebé de 10 meses y a todos los testigos del caso.

Más noticias:   Santuario Marino Orlando Jorge Mera

Ley 339-22: Normativa desatendida

La Ley No. 339-22 establece claramente que, en casos de violencia de género y intrafamiliar, las víctimas pueden participar virtualmente en el proceso judicial para proteger su integridad y evitar la revictimización. Esta ley parece haber sido ignorada en el tratamiento del caso de Tekashi.

Medidas impuestas y su insuficiencia

La jueza Veloz impuso a Tekashi una fianza de 30 mil pesos, impedimento de salida del país, presentación periódica ante el Ministerio Público, y la obligación de someterse a vigilancia. Además, emitió una orden de protección para las víctimas. Sin embargo, estas medidas han sido criticadas por su aparente lenidad frente a la gravedad de los cargos.

Más noticias:   Migración repatria 13,475 extranjeros ilegales

Un caso que refleja desafíos mayores

La titular de la Dirección Nacional contra la Violencia de Género, Ana Andrea Villa Camacho, enfatizó en el proceso la necesidad de una medida de coerción más severa, dada la naturaleza especial del delito. El caso de Tekashi, con la calificación jurídica de violación a la Ley 24-97, artículos 309-1 y 309-2, pone en evidencia no solo las particularidades de un caso individual sino también los retos sistémicos en la protección de las víctimas de violencia de género en la República Dominicana

Deja una respuesta