LA VEGA, (Noticia.do).-El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de La Vega condenó a 20 años de prisión a Pedro Antonio Paulino Batista por agredir sexualmente a una niña de 12 años en múltiples ocasiones durante 2023. La sentencia fue dictada a solicitud del Ministerio Público, que sustentó el caso con pruebas documentales, periciales, audiovisuales y testimoniales, incluyendo una evaluación psicológica forense practicada a la víctima.
¿Cuántos años de prisión da el tribunal de La Vega por abuso sexual a menores?
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de La Vega condenó a Pedro Antonio Paulino Batista a 20 años de prisión por agresión sexual contra una menor de 12 años. La pena máxima para estos casos se sustenta en la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar y el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana.
El condenado cumplirá la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) El Pinito, en La Vega, y deberá pagar una multa de RD$50,000 a favor del Estado dominicano. El expediente acusatorio fue instrumentado por la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del Distrito Judicial de La Vega.
Según el expediente, los hechos ocurrieron en varias ocasiones durante aproximadamente tres meses, en momentos en que la menor se encontraba sola en su vivienda. La investigación se inició tras la denuncia del caso, y el 2 de noviembre de 2023 se ejecutó la orden de arresto No. 595-1-2023-SAUT-01864 contra Paulino Batista.
"El Ministerio Público sustentó la solicitud de la pena máxima para estos casos con diferentes pruebas documentales, periciales, audiovisuales y testimoniales, incluyendo un informe con los resultados de una evaluación psicológica forense practicada a la víctima", señaló la fiscal titular de La Vega, Aura Luz García Martínez.
La investigación estuvo a cargo de la procuradora fiscal Yudelki de la Rosa. La fiscal litigante Yamilka de la Cruz presentó el caso ante las juezas Lucrecia Rodríguez, Bionni Zayas y Génesis Tavares. La acusación aplicó varios artículos del Código Penal Dominicano modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
