¿Qué son las noticias falsas?

Una corriente de opinión jurídica que confunde las noticias falsas con las “fake news”

Namphi Rodríguez
Namphi Rodríguez

Por: Namphi Rodríguez

namphirodriguez@gmail.com

A raíz de la declaratoria del Estado de Emergencia del presidente Danilo Medina ha surgido una corriente de opinión jurídica que confunde las noticias falsas con las “fake news” o que reclama las penas aplicables al “sabotaje informático” contra los intereses públicos contra este delito de opinión pública.

Jurídicamente, no se puede confundir el concepto de “noticias falsas” que contiene nuestra ley con el de “fake news o pos-verdad” que hoy día se maneja como nueva “arma de destrucción masiva” en las redes sociales.

Tampoco podemos hablar de noticias falsas como un delito penal que se le aplique a los periodistas por el hecho de difundir noticias inexactas, pues ello equivaldría a censura previa.

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Respecto del concepto de “fake news”, este está relacionado con la idea de una “verdad alternativa” que satisface las necesidades argumentativas de un colectivo para el que los hechos están subordinados a sus puntos de vista.

La lucha contra este fenómeno es jurídicamente muy sensible y no se puede hacer represiva, pues, como en la novela “1984” del escritor inglés George Orwell “la verdad es la primera víctima del establecimiento del Estado autoritario”.

Para autores como el experto español en libertad de expresión Joan Barata, pretender que los Estados pueden ejercer un papel relevante en la detección y represión de las “fake news” abriría un camino extremadamente peligroso que nos acabaría llevando al Ministerio de la Verdad de la novela de Orwell.

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De su lado, el sabotaje informativo que penaliza con sanciones de 15 a 20 años el artículo 27 de la Ley 53-07, de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, está referido a actos que “atenten contra los intereses fundamentales y la seguridad de la Nación” y que se cometan a través de sistemas informáticos.

Un buen ejemplo de esta clase de crímenes lo constituye el denunciado sabotaje electrónico de las elecciones municipales del 17 de febrero pasado a través del voto automatizado.

Por su parte, el tipo penal de “noticias falsas” que contempla la legislación dominicana está referido a la difusión de “documentos fabricados, falsificados o falazmente atribuido a terceros, que perturban la paz pública”.

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Así el artículo 27 de la Ley 6137, de Expresión y Difusión del Pensamiento, castiga con penas de seis meses a dos años de prisión “la difusión, reproducción, por cualquier medio, de noticias falsas”.

Amén de la falta de veracidad de la información, el fundamento penal de este delito es “que perturbe la paz pública”, por lo que las autoridades administrativas y judiciales antes de proceder a restringir libertades deben ponderar el impacto que el mensaje ha tenido para el estado de alarma de la sociedad.