Aclaración oficial: Prohibición venta bebidas alcohólicas en elecciones

Vocero de la Presidencia aclara prohibición venta de bebidas alcohólicas no es una medida del Ejecutivo, sino de la JCE

El reciente anuncio sobre la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas en la República Dominicana ha generado cierta confusión entre los ciudadanos.

Aclarar este tema es crucial para mantener el orden y la legalidad durante el proceso electoral. En este artículo, abordamos la aclaración realizada por Homero Figueroa, vocero y director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia, sobre la naturaleza de esta medida y su fundamento legal.

Contexto y fundamentación legal

Homero Figueroa aclara la situación

El vocero y director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia, Homero Figueroa, informó que la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas no es una medida del Ejecutivo, sino una disposición de la Junta Central Electoral (JCE).

Esta aclaración se dio a través de un comunicado oficial en el cual Figueroa mencionó que dicha prohibición está en cumplimiento del mandato legal establecido en la Ley 20-23 Orgánica de Régimen Electoral.

Detalles de la Ley 20-23 orgánica de régimen electoral

El artículo 232 de la Ley 20-23 establece claramente que “desde 24 horas antes de la elección no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas, hasta doce horas después de terminada la votación”.

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Esta normativa está diseñada para asegurar un proceso electoral ordenado y sin distracciones, prohibiendo la venta y distribución de bebidas alcohólicas desde el sábado 18 de mayo hasta las 12:00 del mediodía del lunes 20 de mayo.

Implementación y alcance de la prohibición

Fechas y horarios de la restricción

La prohibición de bebidas alcohólicas comienza el sábado 18 de mayo y se extiende hasta las 12:00 del mediodía del lunes 20 de mayo. Este período de restricción abarca la totalidad del día de las elecciones y las horas inmediatamente posteriores, con el objetivo de mantener un ambiente seguro y controlado durante todo el proceso electoral.

Excepciones y consideraciones especiales

El artículo 232 de la Ley 20-23 también contempla excepciones para ciertas zonas turísticas. Los hoteles ubicados en estas áreas, que estén debidamente identificadas por la JCE, están exentos de esta prohibición. Esta excepción se hace para no afectar el turismo, una industria crucial para la economía dominicana.

Impacto y reacción ciudadana

Expectativas y colaboración ciudadana

Homero Figueroa hizo un llamado a la comprensión y colaboración de todos los ciudadanos para respetar esta normativa. Subrayó que la prohibición busca garantizar el orden y la tranquilidad durante el proceso electoral. La colaboración ciudadana es fundamental para el éxito de esta medida, ya que ayuda a evitar distracciones y posibles altercados que puedan surgir por el consumo de alcohol.

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Historial de la prohibición en contexto electoral

La prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas en periodos electorales tiene una larga historia en la legislación dominicana. Desde hace al menos 27 años, esta medida se ha implementado con algunas variaciones en cuanto a la duración de la prohibición. Sin embargo, a pesar del tiempo que ha estado en vigor, la Ley 20-23 no especifica claramente las consecuencias para quienes violen esta disposición.

Importancia de la normativa y su cumplimiento

Relevancia de mantener el orden durante el proceso electoral

La implementación de la prohibición de bebidas alcohólicas durante las elecciones es una medida preventiva para asegurar que el proceso se desarrolle en un ambiente de orden y serenidad. Es crucial que todos los ciudadanos comprendan la importancia de esta normativa y colaboren con su cumplimiento.

Llamado a la responsabilidad y el compromiso cívico

Es responsabilidad de cada ciudadano acatar estas disposiciones legales para contribuir a unas elecciones libres de altercados y distracciones. El cumplimiento de esta norma no solo garantiza un proceso electoral tranquilo, sino que también demuestra el compromiso cívico de la población con la democracia y el bienestar común.

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Preguntas frecuentes

¿Quién implementó la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas?

La prohibición fue implementada por la Junta Central Electoral (JCE), no por el Ejecutivo.

¿Cuál es el período exacto de la prohibición?

La prohibición comienza 24 horas antes de las elecciones y se extiende hasta 12 horas después de terminada la votación, es decir, desde el sábado 18 de mayo hasta las 12:00 del mediodía del lunes 20 de mayo.

¿Hay excepciones a esta regla?

Sí, los hoteles ubicados en zonas turísticas y debidamente identificados por la JCE están exentos de esta prohibición.

¿Qué ocurre si alguien viola esta prohibición?

Aunque la Ley 20-23 establece la prohibición, no especifica claramente las consecuencias para quienes la desafíen. Sin embargo, se espera que las autoridades locales tomen medidas para garantizar el cumplimiento de la ley.

¿Por qué es importante esta prohibición?

Esta prohibición es importante porque busca mantener el orden y la tranquilidad durante el proceso electoral, evitando distracciones y posibles altercados relacionados con el consumo de alcohol.

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