Prisión preventiva contra militar por muerte en Mirador Sur

Imponen prisión preventiva contra militar imputado por la muerte de joven en el Mirador Sur

SANTO DOMINGO.– A solicitud del Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional impuso tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra un teniente coronel del Ejército, imputado por la muerte de una joven durante un hecho ocurrido el domingo 25 de enero en el Parque Mirador Sur.

La decisión fue adoptada por el juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, quien ordenó que el imputado Samuel Elías Céspedes Valdez cumpla la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.

Detalles del caso

El oficial es procesado por la muerte de Licairis Yalibes Díaz Valenzuela, con quien mantenía una relación sentimental. Según el expediente, la joven falleció tras recibir un disparo de arma de fuego durante una discusión entre ambos, mientras se encontraban en el referido parque.

De acuerdo con la solicitud presentada por la procuradora de corte Santa Matilde Reyes Valenzuela, titular del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía del Distrito Nacional, agentes policiales acudieron al lugar tras recibir la alerta y confirmaron el fallecimiento de la víctima.

El imputado fue arrestado en flagrante delito, luego de que se le leyeran sus derechos constitucionales, y trasladado al departamento correspondiente para los fines legales.

Informe forense y calificación jurídica

MP solicita prisión preventiva contra militar imputado por la muerte de joven en el Mirador Sur

El levantamiento del cadáver fue realizado por un médico legista del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), quien certificó que la causa de la muerte fue una herida por proyectil de arma de fuego, con una trayectoria incompatible con un hecho accidental, como alegó el imputado.

El Ministerio Público sostuvo que, por la trayectoria del impacto, se configura un homicidio voluntario. El arma utilizada fue entregada de manera voluntaria y quedó bajo custodia de las autoridades.

La calificación jurídica provisional de los hechos es homicidio voluntario, en violación a los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano.

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