Poder Ejecutivo acata sentencia del Tribunal Constitucional que anula ley del DNI

La ley del DNI presentaba vicios de procedimiento

Santo Domingo.-El Gobierno dominicano, a través de su consultor jurídico, Antoliano Peralta, expresó su respeto y conformidad con la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró no conforme con la Constitución la Ley número 1-24, la cual creaba y regulaba la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

El fallo se debió a un vicio procedimental en el trámite legislativo de dicha normativa, sin cuestionar su contenido sustantivo ni derechos fundamentales.

El Poder Ejecutivo reiteró su compromiso de seguir los procedimientos constitucionales con rigor, fortalecer las instituciones democráticas y garantizar la seguridad nacional.


La reciente sentencia (TC/0767/24) del Tribunal Constitucional invalidó la Ley número 1-24, una norma concebida para regular la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), al identificar que la aprobación legislativa de la misma no se ajustó a las formalidades requeridas.

Aunque obtuvo mayorías contundentes en ambas cámaras —125 de 126 votos en la Cámara de Diputados y 21 de 25 en el Senado— el Tribunal concluyó que no se convocaron las sesiones con la formalidad necesaria para tratar una ley orgánica.

Esta omisión en el procedimiento implica que, a pesar de la legitimidad de fondo y el apoyo político mayoritario, la ley carecía de validez constitucional.

Contexto de la decisión judicial sobre la Ley de la DNI


El Tribunal Constitucional es el máximo intérprete de la Carta Magna en la República Dominicana. Su labor consiste en revisar la constitucionalidad de las normas y procedimientos, asegurando que la institucionalidad se rija por el respeto absoluto a las disposiciones establecidas.

En este caso, el Tribunal enfatizó que no se trataba de un conflicto sobre el contenido de la ley, ni la consideración de que esta violara derechos fundamentales.

Por el contrario, el vicio identificado fue puramente formal: no se siguieron las reglas específicas para la convocatoria y el tratamiento de una ley orgánica, es decir, aquellas normas que por su materia y relevancia constitucional exigen un procedimiento legislativo más riguroso.

Naturaleza orgánica de la Ley número 1-24


La sentencia argumentó que la Ley núm. 1-24 tiene carácter orgánico debido a que su temática se inscribe en el ámbito de la seguridad y defensa nacional.

Las leyes orgánicas, según la Constitución dominicana, requieren un proceso de aprobación más exigente que las leyes ordinarias, con el propósito de resguardar la institucionalidad y la jerarquía normativa del país.

Esto implica que deben cumplirse pasos formales específicos, incluyendo convocatorias expresas a sesiones para su discusión, así como lograr mayorías calificadas. La intención detrás de estos requisitos es asegurar que las normas fundamentales no puedan ser aprobadas de manera precipitada o sin el debate y la transparencia adecuados.

Aclaración sobre el contenido de la ley

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A pesar de la nulidad declarada, la sentencia no descalificó el contenido de la norma en materia de inteligencia nacional. No se cuestionó que la creación y regulación de la DNI fuesen contrarias a derechos fundamentales, ni que el texto violara libertades individuales o colectivas.

En cambio, el Tribunal subrayó que el problema radicaba exclusivamente en el incumplimiento de las normas procedimentales previstas por la Constitución y los reglamentos del Congreso. Así, el mensaje implícito es que la relevancia de la norma para la seguridad nacional no exime a las autoridades de respetar los cauces formales establecidos.

La posición del Poder Ejecutivo


El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, enfatizó que el Gobierno acata plenamente el criterio del Tribunal Constitucional. Además, afirmó que la Administración respeta el fallo, reconociendo la importancia de preservar la institucionalidad y la jerarquía normativa del país.

Peralta señaló que, aunque el Tribunal no entró en el fondo de las disposiciones de la Ley núm. 1-24, su invalidación pone de manifiesto la necesidad de cumplir con rigor cada paso del proceso legislativo.

Compromiso con la institucionalidad y la seguridad nacional


El Poder Ejecutivo reiteró que, pese a la anulación por un vicio formal, la seguridad nacional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas siguen siendo prioridades. La Dirección Nacional de Inteligencia pretendía centralizar y regular las actividades de inteligencia para la defensa de los intereses del Estado y la ciudadanía.

Aunque la ley no se mantiene en vigor, el objetivo de contar con un marco jurídico sólido y alineado con la Constitución permanece. El Gobierno procura que cualquier iniciativa legal en esta materia, actual o futura, cumpla estrictamente con las disposiciones normativas, garantizando su legitimidad y estabilidad en el tiempo.

Procedimientos legislativos: el valor de la rigurosidad


Este episodio pone el foco en la importancia de los procedimientos legislativos en la República Dominicana. La Constitución establece categorías distintas de leyes —ordinarias, orgánicas, entre otras— y cada una conlleva requisitos específicos. Las leyes orgánicas, especialmente las que inciden en áreas sensibles como la seguridad y la defensa, deben ser tratadas con la máxima seriedad.

La sentencia del Tribunal Constitucional sirve como recordatorio de que no basta con contar con un amplio respaldo político; es imperativo cumplir cada formalidad a cabalidad. Este rigor procedimental no es un mero formalismo, sino una garantía de que las normas emerjan del proceso legislativo con plena solidez jurídica.

Implicaciones para el Congreso Nacional


Aunque la ley en cuestión no superó el escrutinio constitucional, el Congreso Nacional tiene la oportunidad de subsanar las irregularidades. El consultor jurídico del Poder Ejecutivo señaló que las faltas detectadas pueden ser corregidas cumpliendo debidamente con el procedimiento establecido.

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Esto implica, posiblemente, una nueva presentación del proyecto, su discusión en las cámaras legislativas bajo las condiciones requeridas, y la aprobación con las mayorías necesarias, acompañadas de la respectiva convocatoria formal. Este proceso no solo servirá para restaurar el marco legal que regule la DNI, sino también para sentar un precedente sobre la disciplina institucional en la adopción de leyes orgánicas.

Reformas y consensos pendientes


Antoliano Peralta recordó que el Poder Legislativo ya considera una propuesta de reforma de la Ley núm. 1-24, la cual es resultado de un consenso entre el Gobierno y diversos actores de la sociedad civil. Esta reforma, previsiblemente, ajustará el marco normativo a las exigencias constitucionales y legislativas, garantizando un instrumento legal robusto que permita al Estado ejercer sus funciones de inteligencia dentro de la legalidad y el respeto a los principios democráticos. La propuesta de reforma busca, además, adaptarse a las cambiantes necesidades de seguridad en el contexto nacional e internacional, sin sacrificar las garantías individuales ni el escrutinio institucional.

Fortalecimiento de la democracia y confianza ciudadana


La discusión en torno a esta ley y la sentencia del Tribunal Constitucional se inscribe en un proceso más amplio de madurez democrática en la República Dominicana. Cuando las instituciones funcionan con independencia, se corrigen errores y se asegura que las normas estén en consonancia con la Constitución.

Esto contribuye a reforzar la confianza ciudadana en el Estado de derecho y a reafirmar que todos, sin excepción, están sujetos al imperio de la ley. La transparencia en el proceso legislativo es un valor fundamental que, al respetarse, robustece la percepción pública de un Gobierno comprometido con la legalidad.

Papel de la seguridad nacional en la agenda gubernamental


La seguridad nacional es un componente central en la agenda del Poder Ejecutivo. Asegurar el marco normativo para la inteligencia estatal no es un asunto menor, pues implica garantizar que el país cuente con los recursos, la información y la coordinación necesarios para prever, detectar y neutralizar amenazas contra la integridad del Estado y sus ciudadanos.

Sin embargo, la necesidad de estas herramientas no puede estar reñida con el respeto al orden constitucional. La experiencia con la Ley núm. 1-24 muestra que se pueden cometer errores de procedimiento, pero que estos no pasan inadvertidos ni quedan impunes cuando las instituciones encargadas de la vigilancia constitucional cumplen con su labor.

La función del Tribunal Constitucional como garante


El fallo del Tribunal Constitucional refuerza su rol como guardián de la Carta Magna. Esta corte no solo evalúa el contenido de las leyes, sino también su génesis y tramitación. De esta forma, se evita que normas importantes para la vida nacional surjan de procedimientos defectuosos que puedan socavar la legitimidad y, eventualmente, la estabilidad institucional.

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El Tribunal Constitucional, al actuar con independencia y firmeza, envía una señal clara: las reglas establecidas son para todos, y las normas más sensibles, como las orgánicas, deben ser tratadas con sumo cuidado.

Aprendizajes futuros y mejora de la calidad legislativa


La anulación de la Ley núm. 1-24 también deja una lección para el futuro: los legisladores, asesores legales y todos los involucrados en la producción normativa deben velar porque cada paso se cumpla al pie de la letra. De esta forma, se evita la pérdida de tiempo, recursos y credibilidad que conlleva la promulgación de leyes que luego resultan nulas.

Este suceso podría motivar una revisión interna de los procesos en el Congreso, así como una capacitación más profunda en torno a los requisitos de las leyes orgánicas, la preparación de agendas y convocatorias legislativas, y la interacción entre las cámaras al momento de discutir proyectos sensibles.

El rol de la sociedad civil y la opinión pública


La sociedad civil y la opinión pública también tienen un papel relevante en este escenario. Al exigir transparencia, rigor y respeto al orden constitucional, la ciudadanía se involucra en el proceso democrático y promueve la responsabilidad de sus representantes.

La propuesta de reforma de la Ley núm. 1-24, sostenida en el consenso entre el Gobierno y distintos sectores sociales, es un claro ejemplo de cómo el diálogo y la participación pueden conducir a normas mejor estructuradas, con amplio respaldo y fieles a las exigencias del sistema jurídico.

Visión a mediano y largo plazo


De cara al futuro, el fortalecimiento de las instituciones democráticas y la consolidación del Estado de derecho seguirán siendo prioridades fundamentales para el Poder Ejecutivo. La anulación de la Ley núm. 1-24, lejos de verse como un revés, puede interpretarse como un paso más hacia una cultura política y jurídica de mayor calidad. La claridad en las normas, la solidez de los procedimientos y el respeto a la Constitución son pilares sobre los cuales se construye la gobernanza moderna y la confianza pública.


La sentencia que anuló la Ley núm. 1-24 muestra que la República Dominicana cuenta con instituciones capaces de ejercer controles efectivos sobre el poder y de garantizar la supremacía constitucional. El Poder Ejecutivo, al acatar la decisión del Tribunal Constitucional, demuestra su compromiso con el ordenamiento jurídico y con la adopción de las medidas correctivas necesarias. En adelante, el reto consiste en reformular la legislación sobre inteligencia nacional de manera que cumpla con las exigencias formales y materiales impuestas por la Constitución, contribuyendo así a la estabilidad institucional, la seguridad ciudadana y el robustecimiento del Estado de derecho.

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