Jorge Prats: “Las primarias abiertas no son inconstitucionales”

El jurista dice que las primarias abiertas son un mecanismo que no viola la Constitución

Jorge Prats: “Las primarias abiertas no son inconstitucionales”SANTO DOMINGO.-El experto en Derecho Constitucional, doctor Eduardo Jorge Prats, advirtió que no se debe satanizar la celebración de primarias abiertas en los partidos políticos, porque es un mecanismo que no viola la Constitución de la República.

Entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa Esferas de Poder, que se transmite los domingos de 5:00 a 6:00 de la tarde, por Santo Domingo TV, declaró que hay un espacio para lograr un consenso con el propósito de lograr su instauración en el sistema político.

“Las primarias abiertas no son inconstitucionales, eso es lo más importante, no se puede decir que ese mecanismo no se puede adoptar porque es inconstitucional”, proclamó.

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Jorge Prats estimó que, incluso, que hay posibilidades de que se pueda establecer la celebración de primarias semi-abiertas o que no sean obligatoriamente simultáneas en los partidos políticos.

“Nosotros entendemos que ya no se puede sostener la inconstitucionalidad de las primarias abiertas, porque en vista de esta naturaleza pública (de los partidos) el grado de injerencia del legislador puede ser mayor”, sostuvo.

Consideró que debe ser así porque los partidos organizan la voluntad popular, preparan el menú electoral, articulan los intereses por lo que el legislador debe asegurar, no solo la democracia interna, sino que la representación sea una manifestación concreta de la expresión del pueblo.

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Jorge Prats es de opinión que las primarias abiertas contribuyen con una mayor representatividad en los partidos políticos porque permite que el elector participe como tal

Sostuvo que una ley de partidos que contemple estos mecanismos debe estar avalada por el consenso entre todas las formaciones políticas donde se tome en cuenta el parecer de las entidades minoritarias.

El jurista indicó que los partidos no pueden ya administrar sus procesos porque se originan una serie de conflictos que tienen que ser resueltos por la vía contenciosa.

“Si hay una jurisdicción que conoce lo contencioso-partidario, pues la Junta Central Electoral debe jugar un rol fundamental en la fiscalización de los procesos internos”, acotó.

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