Humberto Salazar expulsado del PLD tras violaciones al reglamento interno

Humberto Salazar fue expulsado «deshonrosa y vitalicia» del PLD

El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ha dictaminado la expulsión «deshonrosa y vitalicia» de Humberto Salazar, derivada de los mandatos estipulados en el Reglamento de Disciplina y Ética de la organización política.

Iniciativa de la denuncia

La queja que propició esta acción fue instaurada por Juan Pérez Mejía y Delvys Lanfranco, destacados miembros del Comité Central del PLD, el día 9 de octubre del presente año.

Resolución del tribunal

La resolución del Tribunal de Disciplina y Ética del PLD se concretó con el consenso de sus miembros: Alejandrina Germán, quien funge como Presidenta, Manuel Galván en calidad de Vicepresidente, Gustavo Guzmán como secretario, además de los miembros John Garrido, Teodoro Ursino Reyes y Luis Rafael García.

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Desarrollo del proceso

Tras realizar una recapitulación del proceso, analizar las solicitudes de las partes, evaluar las evidencias proporcionadas, y confirmar la competencia del Tribunal, se procedió a reconocer como válidas y sustentadas las denuncias presentadas por los líderes del PLD, Juan Pérez Mejía y Delvys Lanfranco.

Veredicto final

En primera instancia, el Tribunal accedió a las denuncias, y posteriormente, dictaminó la expulsión deshonrosa y permanente de Humberto Salazar de las filas del Partido de la Liberación Dominicana, conforme a lo establecido en el artículo 27 letra E del Reglamento de Disciplina y Ética del PLD.

Alegatos de los denunciantes

Los denunciantes expusieron y proporcionaron pruebas que avalaban que Salazar había efectuado declaraciones públicas adversas a los intereses del PLD, incluyendo críticas hacia el candidato presidencial del partido, Abel Martínez, y otros integrantes de la organización.

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Documentación del fallo

La documentación que respalda el veredicto del Tribunal de Disciplina y Ética del PLD está registrada en la Resolución Número 03-2023 TNDE /PLD, la cual está rubricada e inicialada por sus integrantes a lo largo de ocho páginas.

Reflexiones finales

Este caso subraya la importancia de la adhesión a los reglamentos internos dentro de las organizaciones políticas, así como las implicancias que pueden derivarse de acciones o declaraciones contrapuestas a los intereses del partido. La transparencia y la rigurosidad en el proceso aseguran la aplicación justa de las normativas internas.

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