Fraude procesal en el caso Calamar: denuncia del PLD

Cuando la justicia y la política chocan

Santo Domingo.-El denominado caso Calamar se ha convertido en uno de los procesos judiciales más polémicos de los últimos años en la República Dominicana. No solo por la magnitud de los fondos involucrados ni por el perfil de los imputados, sino por las serias denuncias de fraude procesal que, según sus críticos, comprometerían la legalidad misma del expediente.

En el centro del debate está la afirmación de que el Ministerio Público habría sustentado su acusación en informes de auditoría emitidos por una unidad que, al momento de realizar dichas investigaciones, no existía legalmente. Esta tesis, defendida con vehemencia por el dirigente político y jurista Yván Lorenzo, ha reavivado la discusión sobre el debido proceso, la instrumentalización de la justicia y el impacto del calendario electoral en las grandes investigaciones penales.

Más allá de posiciones partidarias, el caso plantea preguntas de fondo: ¿pueden usarse como prueba informes producidos por un órgano creado con posterioridad? ¿Hubo irregularidades administrativas o un diseño procesal deliberado? ¿Qué implicaciones tiene este proceso para la credibilidad institucional del país?

¿Qué es el denominado caso Calamar?

El caso Calamar es un expediente penal de alto perfil que involucra a exfuncionarios de pasadas administraciones, acusados de presunto desfalco al Estado y lavado de activos. Según el Ministerio Público, el esquema habría operado mediante pagos irregulares relacionados con expropiaciones de terrenos y la actuación de intermediarios o lobistas.

La acusación abarca a una treintena de personas y se sustenta en contratos, transferencias y auditorías que, para los fiscales, evidencian un patrón sistemático de uso indebido de recursos públicos.

Desde su inicio, el proceso ha estado marcado por una intensa cobertura mediática y por una fuerte polarización política.

Origen del expediente y contexto político

La investigación tomó forma en un ambiente preelectoral, lo que alimentó suspicacias sobre sus motivaciones. Críticos del proceso sostienen que la proximidad de las elecciones influyó en el momento de presentar la acusación formal.

Para sectores de la oposición, el caso fue “orquestado y planificado” con fines políticos, mientras que el Ministerio Público ha defendido su independencia y la solidez técnica del expediente.

Este choque de narrativas ha convertido el proceso en un símbolo del debate sobre justicia y poder en el país.

Principales imputados y cargos formulados

Entre los imputados figuran exministros de áreas clave del Estado, como la Presidencia, Hacienda y Obras Públicas. Se les atribuyen delitos relacionados con corrupción administrativa, asociación de malhechores y lavado de activos.

Los acusados han rechazado los señalamientos y sostienen que muchas de las operaciones cuestionadas se realizaron conforme a la ley vigente.

Varios querellantes incluso retiraron sus acciones, alegando que los pagos y contratos cumplían con el marco legal.

La denuncia de fraude procesal planteada por Yván Lorenzo

El vicepresidente del PLD ha sido una de las voces más críticas del proceso. Lorenzo califica como fraude procesal el uso de informes de auditoría elaborados por la llamada Unidad Antifraude de la Contraloría.

Su argumento central es jurídico: al momento de realizarse las investigaciones, dicha unidad no había sido creada mediante decreto, por lo que carecía de existencia legal.

Desde esta óptica, los informes no solo serían irregulares, sino jurídicamente inexistentes.

Argumentos jurídicos sobre la inexistencia legal de la Unidad Antifraude

Lorenzo sostiene que la Unidad Antifraude fue creada formalmente mediante el Decreto 382-25, emitido el 14 de julio de 2025, es decir, años después de la elaboración de los informes utilizados en el expediente.

En derecho administrativo y penal, la competencia del órgano que produce una prueba es un elemento esencial de su validez. Si el órgano no existe, el acto carece de sustento legal.

Este planteamiento apunta directamente a una posible nulidad de pruebas clave.

El uso de informes de auditoría como base de la acusación

Según el dirigente político, el Ministerio Público se apoyó de forma determinante en estos informes para estructurar la acusación.

De confirmarse la inexistencia legal del órgano auditor, se abriría la puerta a cuestionamientos sobre la licitud de toda la cadena probatoria.

Este punto es uno de los ejes centrales del debate en estrados.

El Decreto 382-25 y la creación de la Unidad Antifraude

El Decreto 382-25 establece formalmente la creación de la Unidad Antifraude dentro .de la Contraloría General de la República

El documento define sus funciones, estructura y competencias, otorgándole respaldo jurídico para realizar investigaciones especializadas.

Sin embargo, la controversia surge por la cronología de los hechos.

Fecha de emisión y alcance legal del decreto

Emitido en julio de 2025, el decreto da vida legal a una unidad que, paradójicamente, ya había producido informes y hasta tenido un encargado designado con anterioridad.

Esta situación ha sido descrita por críticos como una “anomalía administrativa” de gran calado.

En términos legales, la retroactividad de funciones administrativas es altamente cuestionable.

Contradicciones con actuaciones e informes previos

Incluso se citan informes financieros de los años 2021, 2022 y 2023 atribuidos a la Unidad Antifraude, pese a que su creación formal ocurrió después.

Además, se señala que un encargado fue designado en 2023, dos años antes del decreto constitutivo.

Estas contradicciones alimentan la tesis del fraude procesal.

Auditorías, legalidad y debido proceso

En cualquier Estado de derecho, el debido proceso es una garantía esencial. Las auditorías gubernamentales, cuando se usan como prueba penal, deben cumplir estrictamente con los principios de legalidad y competencia.

El cuestionamiento no es menor: si una auditoría es nula, sus conclusiones no pueden sustentar una acusación penal válida.

Este debate trasciende el caso Calamar y toca la práctica institucional en general.

Validez jurídica de informes emitidos por órganos no creados formalmente

Expertos en derecho administrativo coinciden en que un órgano inexistente no puede producir actos válidos.

De probarse esta situación, los informes podrían ser excluidos del proceso como prueba ilícita.

La decisión final recaerá en los tribunales.

Posibles nulidades y consecuencias procesales

Una nulidad de este tipo podría debilitar significativamente la acusación.

También sentaría un precedente relevante para futuros casos de corrupción.

Por ello, el tema es seguido con atención por juristas y la opinión pública.

Acusación del Ministerio Público y calendario electoral

Otro elemento polémico es el momento en que se depositó la acusación formal: un día antes de las elecciones.

Para la defensa y sectores opositores, este hecho refuerza la tesis de una motivación política.

El :contentReference[oaicite:4]{index=4} ha rechazado categóricamente esta interpretación.

Depósito de la acusación antes de las elecciones

El calendario electoral añade una capa de complejidad al análisis del caso.

La coincidencia temporal ha sido usada como argumento de fraude político.

Sin embargo, probar una intención política es jurídicamente complejo.

Señalamientos de planificación política del proceso

Lorenzo y otros dirigentes del PLD afirman que “todo estaba orquestado y planificado”.

Estas declaraciones han sido realizadas en espacios como el programa :contentReference[oaicite:5]{index=5}.

El debate continúa abierto en la arena pública.

Implicaciones para la República Dominicana

El caso Calamar tiene profundas implicaciones para la confianza ciudadana en las instituciones.

La percepción de justicia selectiva o politizada puede erosionar la credibilidad del sistema judicial.

Por ello, el desenlace del proceso será clave para el clima político e institucional.

Confianza en las instituciones y el sistema judicial

La transparencia y el respeto al debido proceso son esenciales para fortalecer la democracia.

Cualquier irregularidad comprobada tendría un alto costo institucional.

El país observa con atención.

Impacto en la vida política y electoral dominicana

El proceso influye en el discurso político y en la percepción de los partidos.

También marca la relación entre justicia y poder.

Su impacto trascenderá a los imputados.

Datos clave sobre el proceso Calamar

Especialistas en derecho penal señalan que el caso será un termómetro del respeto al debido proceso en investigaciones complejas.

Organismos internacionales han reiterado que la lucha contra la corrupción debe hacerse dentro de la legalidad.

Este equilibrio es el gran reto del sistema.

Opiniones jurídicas sobre fraude procesal y auditorías estatales

El fraude procesal, de comprobarse, puede anular actuaciones enteras.

La jurisprudencia dominicana reconoce la nulidad por incompetencia del órgano actuante.

Esto refuerza la relevancia del debate.

Datos relevantes del expediente y evolución del juicio

El proceso se ha visto interrumpido por recesos, incluyendo uno por razones de salud de un imputado.

Las defensas han comenzado a exponer sus argumentos.

El juicio aún tiene un largo camino.

El debate sobre el fraude procesal en el caso Calamar

Fraude procesal en el caso Calamar: denuncia del PLD
Yván Lorenzo

El caso Calamar no es solo un expediente judicial, sino un reflejo de las tensiones entre política, justicia e institucionalidad en la República Dominicana.

Las denuncias de fraude procesal plantean interrogantes serias que deberán ser respondidas por los tribunales.

El desenlace marcará un precedente clave para el futuro del Estado de derecho.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué significa fraude procesal en el marco legal dominicano?

Es la utilización de maniobras ilegales para inducir a error al juez o alterar el curso normal de un proceso judicial.

¿Por qué Yván Lorenzo afirma que las auditorías son ilegales?

Porque fueron elaboradas por una unidad que, según él, no existía legalmente al momento de realizarlas.

¿Cuándo se creó oficialmente la Unidad Antifraude de la Contraloría?

Mediante el Decreto 382-25, emitido el 14 de julio de 2025.

¿Cómo podría afectar esta denuncia al desarrollo del caso Calamar?

Podría derivar en la exclusión de pruebas clave o incluso en nulidades procesales, dependiendo de la decisión judicial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *