Ética y abogados como chivos sin ley

Ética y abogados como chivos sin ley

Por Ramón Antonio Veras. 

Explicación Previa 

Hace unos días, estando en convalecencia recibí la notificación de un acto de revisión ante el Tribunal Constitucional (TC);  y los alegatos que contiene el documento son tan perversos, malvados y falsos, que por poco regreso a mi estado de gravedad inicial. Ante tanta indignación, a lo único que atiné fue a publicar el presente escrito  el cual me sirve  como una especie  de calmante. 

I.- La profesión de abogado 

1.- Conociendo el medio social nuestro  comprendemos   el tortuoso camino  que ha tenido que  recorrer un  licenciado o  doctor en derecho hasta llegar al ejercicio de su oficio, luego de transcurrir un largo tiempo  para   conocer  la fuente de su actividad  la cual descansa en las costumbres,  la doctrina  y la jurisprudencia.  

2.- A los graduados en la escuela y la facultad de derecho solo el tiempo les califica como abogados, letrados, jurisconsultos, juristas, jueces, árbitros o fiscales.  Pero no importa lo que han sido o son; lo que sí hay que tomar en cuenta es si han mantenido en su ejercicio profesional, aún en los momentos más difíciles de sus vidas, los principios sobre los cuales debe descansar su actividad, y han hecho suyo el adagio: “Quien comienza en juventud a bien obrar, señal es de no errar en senectud”.

 3.- El hombre o la mujer del derecho rebaja su obra o la eleva, con su actitud en la vida profesional, pública  y  privada.  La forma asumida ante un hecho va a ser juzgada no por una persona  actuando en función de juez o árbitro, sino por el pueblo, por la sociedad donde realice sus faenas, que es juez de las actividades humanas; principalmente en este ambiente, en este medio donde convergen tantos fenómenos sociales, políticos, económicos.

 4.- Los licenciados y doctores en derecho en la universidad aprenden los principios generales del derecho; les enseñan lo que son las instituciones,  las personas, las hipotecas, los privilegios en general; los principales contratos, los procedimientos, etc.  Pero en el ejercicio de la profesión encuentran todo un laboratorio en el cual deberán analizar fríamente cómo actuar y proceder. 

5.- El ejercicio de la profesión de abogado es un sacerdocio, y para cumplirlo cabalmente se requieren condiciones que muchas veces no dependen de las aptitudes personales del individuo. El medio influye de una manera determinante en la conducta del abogado. 

 6.- La situación concreta de nuestro país, la base económica y social alrededor de la cual se levanta la estructura legal, muchas veces asfixia a algunos abogados y abogadas.  Pero aquellos que provienen de un hogar de sólidas costumbres vencen todas las adversidades, entierran las malas tentaciones, y por encima de sus necesidades más perentorias ponen los principios de la moral, la honestidad, la ética y la responsabilidad, no solamente como abogados y abogadas, sino también como hombres y mujeres de bien. 

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7.- Lo fundamental es que cada profesional del derecho haga un aporte al país como hijo  de este pueblo; ¿cómo servirle al país como profesionales?  Ejerciendo su profesión con altura, dentro de los principios de la ética y la honestidad, todo acompañado con espíritu de sacrificio y con mucha sensibilidad. 

8.- Las relaciones del individuo con la sociedad, la combinación del interés personal y el social ha sido siempre el problema principal de la moral.  Que tienen su origen en determinados vínculos  jurídicos, económicos y que en cierto sentido son un aspecto de ella, dejan su impronta en todo el accionar del ser humano, en la forma de su trato con las demás personas.   

9.- Cada época histórica tiene su moral imperante; corresponde a cada  persona sin compromiso con el pasado, y no comprometida  con lo negativo del presente, levantar los principios sobre los cuales descansa la moral de los profesionales; la moral de un profesional sin egoísmo, sin prejuicios, sin apetencias personales desmedidas, en fin, un profesional digno de una sociedad  nueva que descanse en valores. 

10.- ÉL o la profesional del derecho interesada por alcanzar la decencia debe  buscar la moral no basándose en normas, sino en la existencia social de los seres humanos; comprender en virtud de qué ceden el puesto a otros principios  de comportamiento; descubrir por qué es inevitable el triunfo de los principios y las reglas de una moral nueva; para una sociedad nueva, para un profesional  nuevo del derecho. 

11.- El pueblo dominicano ha de  exigirle el máximo a sus profesionales, porque si es cierto que el sacrificio de sus padres es meritorio, no es menos cierto que la contribución del pueblo en general es determinante en  su formación, preparación y educación.   Las normas morales abarcan la conducta de las personas no solo en el marco de la vida privada, sino en todo el comportamiento del individuo respecto a las demás personas y a la sociedad. 

 II.- La ética del abogado 

12.- Es de singular importancia  que  cada abogado o abogada  vea la ética como la  máxima expresión de la moral;  la forma específica de la conciencia social y profesional;  la piedra de toque del progreso íntegro del hombre  o la mujer que se pone  la toga,  no para hacer de ella el paño con el cual encubre sus actos negativos, sino la bandera negra que cubre el cuerpo de los hombres y las mujeres que luchan en los estrados por defender la verdad aun cuando esa verdad conlleve la puesta de su cuerpo exánime en la tumba. 

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13.- Los postulados de la moral y la ética han de ser  parte integrante de las convicciones personales de cada abogado y abogada;  rasgos de su carácter,  las normas que rigen   los actos de su vida; la esencia del comportamiento personal, profesional, público y privado de cada uno  de los principales actores de los tribunales, y llevadas sus actitudes a la práctica   voluntariamente, por costumbre.

 14.- Las  actos corruptos, las maniobras extrañas en el ejercicio de la profesión de abogados y abogadas,  tienen  que ser eliminadas.  El ejemplo de  los profesionales  promiscuos  no puede ser imitado;  muy al contrario, frente a esas censurables conductas, portadoras de los  peores vicios de la sociedad dominicana,   los abogados y abogadas decentes deben mantenerse  vigilantes, levantando  como modelo de ética y moral a aquellos profesionales del derecho que, como el licenciado Francisco Porfirio Veras, don Lilo, y Joaquín Ricardo  Balaguer, Quinquin,   simbolizan y siguen siendo  la conciencia  y el ejemplo del abogado y la abogada  que ejerce su profesión honestamente. 

15.- Aquellos que argumentando el de que “ya toda la clientela está repartida entre un grupo de abogados” y que en lo adelante será muy duro subsistir en nuestro medio, son los mismos que se colocan al margen de la decencia y de la honestidad para pisotear la ética y la moral profesional.  

16.- Esa es la tesis, poco socorrida por feliz casualidad, de los que estimulan al ejercicio del tigueraje deshonesto de la profesión.  A esos pronunciamientos hay que ignorarlos; hay que tomar el ejemplo de los colegas que han resistido todas las tentaciones mezquinas y se mantienen firmes, teniendo como norte el ejercicio honesto y honrado.

 17.- El abogado o  abogada  tiene que revestirse de un espíritu de sacrificio, y saber que como miembro de la sociedad donde ejerce su profesión debe   servirle no solamente a  aquel que va a su bufete con el “buen caso” que produce altos honorarios, sino también al desamparado de la fortuna, pero que defiende una causa justa.

 III.- Los profesionales del derecho.  El dinero y la ética 

18- Los profesionales del derecho no  deben desesperarse  en su ejercicio por obtener amplios recursos económicos; el dinero no da talento, capacidad ni méritos. Algunas veces solo sirve para satisfacer apetencias desmedidas. 

19.- La generalidad de las inconductas de los abogados y abogadas es fruto de su ambición por llegar a tener cosas materiales  utilizando como medio el ejercicio de la profesión, como si fuera tan difícil obtener dinero en un medio como el nuestro donde se ha llegado a aplicar el criterio de que todo se vale.

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 20.- Hacer dinero es tan fácil que hasta con un susto se logra adquirir esa mercancía, sin tener que permanecer veinte años estudiando. El que trafica con drogas pasa sustos, pero no ha requerido  estudios, sacrificios ni talento para hacer dinero. 

21.- La profesión de abogado no es para hacer riquezas, sino para aportar un servicio a la sociedad donde se ejerce; ella da prestigio y permite una vida digna y decente; aquel abogado o abogada que se desespera y persigue obtener  dinero sin importar los medios, termina mal, renegando de la ética y la moral profesional 

22.- Conocemos colegas sumamente inteligentes, laboriosos, organizados, y con su ejercicio profesional han hecho una gran fortuna económica, pero poniendo sus buenas cualidades profesionales  para hacer dinero a la carrera, vulnerando la decencia y la ética  profesional. 

23.- Los abogados y abogadas de Santiago tienen  hoy hombres y mujeres de la toga y el birrete que pueden servirles de ejemplo de buen comportamiento a la presente y futuras generaciones; ellos han sido y son ejemplos de superación, progreso y modelo de conducta en el ejercicio de su profesión. 

24.- Si ayer Santiago contó en su matrícula de abogados y abogadas   con colegas como Manuel Ramón Cruz Díaz -Moncito-, Miguel Olavarrieta, Pedro Antonio Lora -Toñito-, Marcos A. Cabral,  Ramón García Gómez, y otros; hoy también en nuestro medio hay jóvenes, y no tan jóvenes, paradigmas  de buena conducta profesional. 

25.- Debo destacar, además, que la generalidad de los magistrados y magistradas que componen el Departamento Judicial de Santiago, hoy han continuado honrando con su forma de proceder el mérito  histórico que ha tenido esta ciudad de contar con funcionarios judiciales que, aun en el peor momento de descrédito del Servicio Judicial en el país, cuando el presidente de turno, doctor Joaquín Balaguer,  llegó a decir “que la justicia era un mercado”, que se vendía, la de Santiago se veía como una flor blanca en un pantano. 

26.- Los jóvenes abogados y abogadas del país, deben ejercer con decencia, honradez, dignidad, lealtad y decoro; y por muy difícil que sea un litigio, jamás deben recurrir a la trampa, a las operaciones fraudulentas para engañar a la justicia, burlar la ley y también herir la mediana inteligencia de sus colegas. 

27.- El  profesional  no puede ser medio serio; serio intermedio, serio mediano, o serio incompleto; debe ser,  pura y simplemente,  íntegro, honrado, probo;  de una conducta y ética intachable reconocida por sus colegas  y la sociedad en general. 

 Santiago de los Caballeros,19 de diciembre de 2018.

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