“El Querido” queda fuera del PLD

“El Querido” ya no será el presidente municipal del PLD en Puerto Plata

el querido junto a leonel fernandez

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  confirmó  la renuncia automática a la afiliación de esa organización política de Alfonso Crisóstomo “El Querido”, presidente municipal en Puerto Plata.

Mediante una comunicación firmada por el secretario general del PLD, Charles Mariotti, fechada el 16 de mayo, se informó a Crisóstomo, que había quedado excluido de ese Partido, al participar en dos actividades de una agrupación que no era el PLD  en el municipio Puerto Plata el pasado 15 de mayo, en una de las cuales estuvo sentado en la tarima principal.

Más noticias:   Apelarán decisión que dejó en libertad a Jaque Mate

En la comunicación al abogado se le explica que los medios de prensa reseñaron su presencia en un acto de otro partido político participando en el mismo de manera notoria, desde el principio hasta el final.

Agrega que Crisóstomo “El Querido” también participó  en un encuentro con periodistas y comunicadores de Puerto Plata  efectuado  en la residencia del ex senador de Puerto Plata,  Francis Vargas.

La misiva refiere que en ese sentido, en virtud de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3318 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, una de las causales de renuncia automática a la afiliación partidaria lo constituye “la participación en actividades de partidos contrarios”.

Más noticias:   Autoridades arrestan dos hombres vinculados a red de narcos

“En vista de ello, y habiendo comprobado que dicha participación fue con su aprobación y consentimiento, pues estuvo presente en ambas actividades, a partir de la fecha usted ha dejado de pertenecer a nuestra organización política”, explica la misiva  firmada  por Mariotti.

En ella se le recuerda a Crisóstomo que además de que el Tribunal Constitucional, a través de su sentencia TC/0441/19, del 10 de octubre de 2019, determinó que a la participación en actividades de partidos contrarios le es aplicable la disposición contenida en el artículo 8 de la Ley 3318, que sanciona dicha acción con la renuncia automática de afiliación, siendo esta sanción conforme con la Constitución.