Condenan hombre y mujer por rapto infante

Palacio de Justicia Santiago

El rapto de la infante ocurrió hace dos años en Santiago

Condenan hombre y mujer por rapto infanteSANTIAGO.-Los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia de aquí condenaron ayer a un hombre y una mujer a la pena de 10 años de prisión acusados de asociación de malhechores y el traslado ilícito de menores (rapto) en un hecho que ocurrió hace dos años, en el sector El Ingenio de esta ciudad.

El tribunal presidido por la magistrada Loyda Mejía, encontró culpable a los imputados Deulby Efraín Espinal (Malky) y Lissette Mabel Peña Cepeda, de raptar a un infante de cuatro meses de nacida, hija de una adolescente de 17 años.

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De acuerdo al expediente el suceso ocurrió en fecha 14 de enero del 2016, mientras la adolescente, de 17 años, cuyo nombre se omite por razones legales, caminaba con su hija de cuatro meses de nacida, por la calle Germán Sánchez, del sector de El Ingenio, al oeste de esta ciudad.

Es en ese momento que fue interceptada por los procesados, quienes se trasladaban a bordo de un carro blanco, marca Toyota, modelo Corolla, año 1993, con ficha para transporte público E-028 y la convencieron luego que se montó en el vehículo a desmontarse para comprar unos alimentos, momento que aprovecharon para cargar a la bebé de cuatro meses escapar y dejar la madre abandonada.

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Ministerio Público y Policia Nacional

Ante la ocurrencia del hecho, la menor da la voz de alerta a sus familiares, quienes se presentaron ante las autoridades correspondientes, iniciándose por parte del Ministerio Público y la Policía Nacional, la búsqueda tanto de la infante sustraída como de los autores del hecho.

Siendo recuperada dos días después y remitida a una casa de acogida para menores de edad en estado de vulnerabilidad, donde recibió las atenciones médicas e integrales que necesitaba.

Posteriormente, fueron arrestados los implicados en este hecho, quienes fueron formalmente acusados como autores del delito de asociación de malhechores y el traslado ilícito de menores (rapto), descritos y tipificados en los artículos 265, 266 y 354 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97.

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