Condenan a 30 a帽os hombre mat贸 a sus dos hijos
Un tribunal de La Vega dict贸 la condena a 30 a帽os

SANTIAGO.-Los jueces del Primer Tribunal Colegiado de La Vega condenaron a 30 a帽os de prisi贸n a un hombre que provoc贸 un incendio en una vivienda que mat贸 a sus dos hijos de cuatro y un a帽o de edad y ocasion贸 lesiones permanentes a su expareja en un hecho que ocurri贸 hace ocho a帽os en ese municipio
Los jueces Lucrecia Rodr铆guez, Juana Patria Silvio y Julissa Candelario condenaron adem谩s a Jos茅 Neris Mu帽oz al pago de cinco millones de pesos en indemnizaci贸n a la sobreviviente, as铆 como cinco mil pesos de multa. El crimen ocurri贸 en diciembre del a帽o 2014.
Neris Mu帽oz fue condenado luego de que el Ministerio P煤blico demostr贸 que les caus贸 la muerte por calcinaci贸n a los ni帽os Rosselin Marid Neris Paulino y Jhosu茅 Bienvenido Neris Paulino, de cuatro y un a帽o de edad, los cuales procre贸 con Ana Rosairy Paulino Pacheco, quien result贸 con graves quemaduras en su cuerpo.
Despu茅s de cometer el hecho, el condenado permaneci贸 pr贸fugo por varios d铆as y qued贸 bajo arrestado en enero del a帽o 2015. Por el crimen tambi茅n fue procesado Nicol谩s Antonio Hierro Mej铆a, quien con anterioridad recibi贸 la pena de 30 a帽os de prisi贸n.
El hecho, ocurrido en la localidad Jamo, de Las Yayas, el expediente se帽ala que los acusados incendiaron la vivienda de manera intencional, alrededor de las 2:20 de la madrugada del 29 de diciembre del a帽o 2014, en momentos en que las v铆ctimas se encontraban durmiendo.
Se帽ala que Neris Mu帽oz lanz贸 gasolina por una persiana a la habitaci贸n de la vivienda donde se encontraban la mujer y los ni帽os, en tanto que Hierro Mej铆a lanz贸 un f贸sforo encendido que produjo el siniestro.
Ambos hombres actuaron con premeditaci贸n, lo que califica los hechos como asesinato, cuya pena imponible es de 30 a帽os de prisi贸n, expresa el expediente acusatorio. La Fiscal铆a de La Vega present贸 acusaci贸n por la violaci贸n de los art铆culos 265, 266, 295, 296, 297, 302, 309-1-2-3 del C贸digo Penal, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de G茅nero e Intrafamiliar.