¿Por qué la pena debe ser proporcional al delito?

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) es de criterio de que el principio de proporcionalidad de la pena tiene una doble exigencia

La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) es de criterio de que el principio de proporcionalidad de la pena tiene una doble exigencia: “debe ser proporcional al delito y en base a la importancia social del hecho”.  

La decisión está contenida en la sentencia SCJ-SS-22-0046 de fecha 31 de enero de 2022 de la referida sala, que casa de manera oficiosa lo relativo a la sanción penal y a la indemnización impuesta a dos procesadas por obtención ilícita de fondos y estafa por medios electrónicos en perjuicio del The Bank of Nova Scotia (Scotiabank), y en consecuencia suspende parcialmente la condena impuesta a las imputadas por un período de un año.  

¿Por qué la pena debe ser proporcional al delito?

Juez de Ejecución de la Pena

A cambio, durante ese período deberán cumplir con las siguientes condiciones: residir en un domicilio fijo, y en caso de cambiar del mismo, notificar al Juez de Ejecución de la Pena; aprender un oficio, para que pueda ganarse la vida de manera digna, y cumplir 50 horas de trabajo comunitario en el Ayuntamiento del Distrito Nacional.  

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Asimismo, en el aspecto civil, condena a las imputadas al pago de un millón de pesos dominicanos a favor de la entidad bancaria The Bank of Nova Scotia (Scotiabank).  

“La pena no solo debe ser justa e idónea para alcanzar el fin perseguido, sino también regeneradora, aleccionadora y útil, de ahí que deba cumplir con los principios de legalidad, utilidad y razonabilidad en relación con el grado de culpabilidad y la relevancia del hecho cometido”, indica la sentencia.  

Justicia retributiva

La corte consideró que, debido a la calidad de infractoras primarias (por primera vez procesadas) de las imputadas, así como sus características y magnitud, el resarcimiento adecuado amerita un castigo sancionador menos gravoso, tomándose como parámetro la finalidad de la justicia retributiva, así como el propósito y proporcionalidad de la pena.  

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La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional mediante sentencia núm. 502-2020-SSEN-00017, el 20 de febrero de 2020 había impuesto a las imputadas la pena de dos años de prisión y en materia civil al pago de una indemnización de RD$2,000,000.00.  

Puede acceder a la decisión tomada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y Francisco Antonio Ortega Polanco.