JCE suspende el fondo social de senadores y diputados

Prohíbe publicidad política en estaciones de radio y televisión bajo control del estado; Prohibe a entidades públicas hacer propaganda politico electoral en sus redes sociales.

SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral adoptó una serie de la medidas que buscan garanticen la equidad y la igualdad del proceso electoral entre las diversas fuerzas políticas que se disputan los cargos a elegir en las próximas elecciones, entre estas la eliminación del Fondo Social del Congreso Nacional así como la prohibición de que las instituciones públicas utilicen sus plataformas de redes sociales para promover candidatos o partidos políticos.

El doctor Roberto Rosario Márquez, Presidente de la Junta Central Electoral, al ofrecer los resultados del Pleno de la institución realizado en esta fecha, expresó que el organismo conoció de tres instancias sometidas por los partidos Alianza País, Revolucionario Moderno y el diputado Vinicio Castillo Seman, sobre supuestos usos de recursos del Estado en favor del Partido de la Liberación Dominicana.

JCE suspende el fondo social de senadores y diputadosEntre las medidas se dispone que en las cuentas de los órganos del Estado, sean éstas de los tres Poderes clásicos, o de cualquier otro organismo estatal; tales como páginas web, cuenta de Twitter, Facebook, o cualquier otra de las herramientas de trabajo en las redes sociales, de uso oficial de las instituciones públicas, sus administradores deben abstenerse de utilizar estas plataformas para difundir mensajes o imágenes que se identifiquen con un candidato, partido u organización política, sea de manera abierta o subliminal, directa o indirecta, .

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Además que en relación al pedimento formulado por la organización política Alianza País, de “exigir a los funcionarios que asuman una candidatura a tomar una licencia en el ejercicio de sus responsabilidades…”, que una vez se depositen las propuestas de candidaturas, y las mismas sean admitidas el Pleno de la Junta Central Electoral evaluará, de conformidad con el artículo 69 de la Ley Electoral, en cuáles casos debe procederse de conformidad con la solicitud de dicha organización, y garantizar la aplicación estricta de la Ley, en ese sentido.

La disposición instruye a la Secretaría General, la Dirección de Elecciones, la Consultoría Jurídica y la Dirección de Comunicaciones, para que presenten al Pleno un informe respecto de los medios de comunicación que son propiedad o se encuentran bajo la administración del Estado; con sugerencias y recomendaciones respecto de una distribución igualitaria de los tiempos de acceso de los partidos políticos a los mismos.

“Todo en interés de garantizar que durante todo el período electoral prevalezca el principio de igualdad y equidad, respecto de la difusión de los mensajes de los partidos y candidatos al público, a fin de dar cumplimiento al mandato contenido en el artículo 94 de la Ley Electoral 275-97, “una vez concluido el plazo para la presentación de candidaturas y aprobadas éstas”. Hasta tanto esto suceda, es decir, se hagan las asignaciones de espacios y la distribución a los diferentes partidos y candidatos, los administradores de estos medios de comunicación deben abstenerse de difundir informaciones y publicidad de carácter político electoral, que no sean los institucionales procedentes de diversos órganos del Estado”.

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Asimismo hace constar, como al afecto da constancia, de que la denuncia presentada por ante el Pleno de la Junta Central Electoral, sobre gasto excesivo en publicidad gubernamental, se contrae a hechos y situaciones ocurridos en el mes de enero del año en curso, con anterioridad a la Proclama dictada el 02 de febrero, momento a partir del cual se declaró formalmente abierto el período electoral, de conformidad con los artículos 87 y 88 de la Ley 275-97. Siendo en consecuencia, competencia de la Contraloría General de la República o de la Cámara de Cuentas, el examen de esta denuncia.

El documento leído por el doctor Rosario Márquez establece que la Junta Central Electoral se valdrá de los medios que dispone, para el monitoreo de la publicidad electoral durante el período de campaña, a fin de examinar, en cada caso, y verificar si en el mismo se está actuando de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia; y proceder a analizar en términos cuantitativo, cualitativos y legales, además de monitorear el costo de la publicidad y propaganda por los medios electrónicos y prensa escrita. Para estos fines, la JCE podrá contratar los servicios de las empresas del sector privado que determine y consultará las instancias públicas correspondientes, para constatar mediante facturas, la veracidad de la información recibida.

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El Pleno dispuso asimismo una admonición pública, en la persona del licenciado Roberto Rodríguez De Marchena, en su calidad de responsable de la cuenta twitter que dio lugar a la disposición primera de esta resolución.

En otra disposición, el Pleno acogió una propuesta del Presidente de la Junta Central Electoral para que se suspenda el Fondo de Gestión Social, o de cualquier otro tipo de asistencia social o de naturaleza parecida, que reciban los legisladores, al margen de otras compensaciones que les correspondan por el ejercicio de sus funciones, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el mes de junio del presente año.
La medida PONE, a cargo de la las autoridades administrativas de ambas cámaras, el cumplimiento de la presente decisión, la cual se emite de conformidad con el artículo 6, letra d, de la Ley Electoral 275-97 del 21 de diciembre de 1997.

Solicitó a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, en el uso de las atribuciones que le confiere la Constitución, como órgano de control externo, verifique y garantice la ejecución de la presente decisión, y a tales efectos, al final del período electoral, por las vías que les son propias, haga de conocimiento a la JCE, el resultado de la verificación.

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