El abogado considera que la recalificación a homicidio voluntario mediante dolo eventual plantea problemas de legalidad y cuestiona sus efectos sobre el juicio contra los hermanos Espaillat.
SANTO DOMINGO (Noticia.do).– El abogado penalista Cándido Simón Polanco cuestionó la decisión judicial que modificó la calificación penal del caso Jet Set, de homicidio involuntario a homicidio voluntario sustentado en dolo eventual, al considerar que el cambio compromete la legalidad del procedimiento contra Antonio y Maribel Espaillat.
Durante su participación en el programa Toque Final, conducido por Julio Martínez Pozo y transmitido por Antena 7, el jurista expresó que la modificación responde, a su juicio, a presiones de la opinión pública y advirtió sobre sus consecuencias procesales.
¿Por qué Cándido Simón cuestiona el cambio penal?
Simón sostuvo que la decisión vulnera el principio de legalidad, que exige que las conductas delictivas y sus sanciones tengan fundamento en la legislación aplicable.
El abogado calificó la modificación como una decisión motivada por peticiones populares y afirmó que el cambio podría elevar considerablemente las penas a las que se exponen los acusados.
Según su interpretación, la calificación anterior contemplaba una pena máxima de dos años de prisión, mientras que la nueva podría alcanzar los 20 años.
Estas afirmaciones constituyen la interpretación jurídica del abogado y no una decisión definitiva sobre la responsabilidad penal de los procesados.
El reinicio del juicio y las críticas del abogado
El 16 de octubre de 2026, el juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, acogió la modificación de la calificación jurídica y dispuso la remisión del expediente a un tribunal colegiado.
El magistrado indicó que, como consecuencia de esa decisión, el juicio debía comenzar nuevamente ante el tribunal que resultara apoderado.
Simón cuestionó las consecuencias de ese cambio y afirmó que se estaban creando expectativas equivocadas entre los familiares de las víctimas.
Al referirse a la decisión, declaró: «En este caso acaban de dañarlo».
También sostuvo que los jueces del tribunal colegiado no están obligados a mantener necesariamente la calificación jurídica adoptada, aunque planteó límites procesales relacionados con la competencia de ese órgano judicial.
Debate sobre el dolo eventual
Otro de los cuestionamientos de Simón se refiere a la aplicación del dolo eventual, una figura jurídica vinculada con situaciones en las que una persona conoce el riesgo de producir un resultado delictivo y, pese a ello, actúa aceptando su posibilidad.
El jurista argumentó que esa figura no está expresamente tipificada en el Código Penal que considera aplicable a los hechos del Jet Set.
Asimismo, invocó el principio de favorabilidad para sostener que debe examinarse cuidadosamente la legislación vigente cuando ocurrió la tragedia.
La controversia jurídica incluye, por tanto, no solo la gravedad de las sanciones previstas, sino también la interpretación de las normas penales aplicables al proceso.
La defensa de los Espaillat apeló la decisión
La discusión continuó después de las declaraciones del abogado.
El 27 de octubre, la defensa de Antonio y Maribel Espaillat interpuso un recurso contra la resolución que modificó la calificación penal, con el objetivo de cuestionar su validez y sus consecuencias sobre el procedimiento.
La presentación del recurso no significa que la modificación haya quedado anulada.
El expediente está relacionado con el desplome del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025 en Santo Domingo, que dejó 236 personas fallecidas y numerosos heridos.
La determinación definitiva de responsabilidades corresponde a los tribunales, con respeto al debido proceso y a la presunción de inocencia.
