PUERTO PLATA, (Noticia.do).– La Corte de Apelación de Puerto Plata revocó este jueves 29 de octubre de 2026 el perdón judicial concedido al pelotero Wander Samuel Franco Aybar y le impuso tres años de prisión con la pena suspendida por abuso sexual y psicológico contra una adolescente, según informó el Ministerio Público.

El tribunal también confirmó los 10 años de prisión impuestos a la madre de la víctima por explotación sexual comercial y lavado de activos. La decisión acogió el recurso del órgano acusador contra el perdón judicial, aunque la pena impuesta a Franco fue inferior a los cinco años de prisión que solicitaron los fiscales.

La suspensión dependerá del cumplimiento de reglas

De acuerdo con el comunicado del Ministerio Público, corresponderá al juez de Ejecución de la Pena establecer las reglas que Franco deberá cumplir durante la suspensión. El documento no detalla cuáles serán esas condiciones.

La institución explicó que la Corte tomó en cuenta la edad del procesado y su reinserción social para suspender el cumplimiento de la prisión. Si incumple las reglas, deberá cumplir la pena en un centro penitenciario, conforme a lo informado por el órgano acusador.

La decisión sustituye el perdón judicial por una condena cuyo cumplimiento en prisión queda suspendido bajo condiciones. El comunicado no informa si las partes presentarán nuevos recursos.

Confirman condena contra la madre de la adolescente

La Corte rechazó los recursos de los procesados y mantuvo la condena de 10 años de prisión contra la madre de la víctima, según el Ministerio Público.

El tribunal dispuso además el decomiso, en favor del Estado dominicano, de RD$2.1 millones ocupados durante un allanamiento a la mujer.

Noticia.do omite el nombre de la adolescente y datos familiares que puedan facilitar su identificación.

Del perdón judicial a la pena suspendida

La sentencia revisada fue emitida el 25 de mayo de 2026 por el Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata. Ese tribunal declaró a Franco responsable de abuso sexual y psicológico, pero le concedió un perdón judicial que lo eximía del cumplimiento de una sanción penal, conforme al Ministerio Público.

Los fiscales recurrieron esa decisión al sostener que el perdón judicial había sido aplicado incorrectamente. Solicitaron que la Corte impusiera cinco años de prisión al pelotero y mantuviera la condena de la madre de la víctima.

Noticia.do había informado sobre la audiencia de apelación del 22 de septiembre, cuando el tribunal se reservó la decisión. La lectura estaba prevista para el 20 de octubre y fue aplazada hasta este jueves.

La condena de dos años de prisión suspendida corresponde al primer juicio de 2025, cuyo fallo fue anulado antes de celebrarse el nuevo proceso. Es un antecedente distinto del perdón judicial otorgado en mayo de 2026.

El Ministerio Público identificó como base de la condena a Franco el artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03, relativos al abuso sexual y psicológico contra una persona menor de edad.