SANTO DOMINGO, (Noticia.do).– El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, defendió una propuesta para modificar el Código Civil y proteger los derechos patrimoniales de la pareja sobreviviente, incluidas las personas que convivieron sin contraer matrimonio. La iniciativa, reseñada el 6 de octubre, permanece bajo estudio legislativo y aborda cómo se distribuirían los bienes tras el fallecimiento de uno de los integrantes de la pareja.

En declaraciones difundidas por CDN, De los Santos sostuvo que busca evitar que una mujer quede desprotegida después de contribuir a la adquisición de bienes durante la convivencia. Al explicar la propuesta, habló de reconocerle el 50 % de esos bienes y distribuir la otra mitad entre los hijos.

El 50 % y la herencia: qué falta aclarar

La cobertura de la iniciativa presenta diferencias relevantes. Mientras el reportaje de CDN describe un reparto de la mitad del patrimonio para la pareja sobreviviente, Diario Libre informa que el proyecto plantea reconocer al cónyuge o pareja consensual una porción de la herencia igual a la correspondiente a cada hijo.

Otra publicación de CDN también distingue entre separar la mitad correspondiente a la persona sobreviviente y repartir posteriormente el patrimonio del fallecido entre los herederos previstos en la propuesta.

Estas explicaciones no permiten afirmar que toda pareja no casada recibiría automáticamente el 50 % de la herencia. Queda pendiente contrastar el articulado completo para precisar qué bienes abarcaría, cómo se calcularían las cuotas y cuáles serían los requisitos para acreditar la unión.

El antecedente del Tribunal Constitucional

El debate tiene como antecedente la sentencia TC/0267/23, del 18 de mayo de 2023. En esa decisión, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 767 del Código Civil, que relegaba al cónyuge sobreviviente frente a otros familiares con derecho a suceder.

El tribunal difirió los efectos de su decisión y concedió al Congreso dos años, contados desde la notificación, para legislar sobre el reconocimiento del cónyuge o pareja consensual sobreviviente como sucesor regular. También dispuso que, sin la reforma dentro de ese plazo, el artículo quedaría nulo. La sentencia no estableció un reparto automático del 50 % de la herencia.

La propuesta continúa en estudio

Según las informaciones publicadas, el proyecto se encuentra en la Comisión de Justicia del Senado. Por tanto, los cambios descritos corresponden a una propuesta pendiente del proceso legislativo, no a una nueva ley vigente.