SANTO DOMINGO (Noticia.do).-El Tribunal Supremo de España suspendió de forma cautelar, el martes 8 de septiembre de 2026, el derecho al voto exterior de una parte de las personas que obtuvieron la nacionalidad española a través de la llamada ley de nietos. La medida no anula ninguna nacionalidad ya concedida ni detiene los expedientes en trámite: solo congela, mientras el tribunal decide el fondo, la inscripción en el censo electoral de residentes ausentes.

Para los miles de dominicanos que se acogieron a esta vía, el mensaje central es de calma. El pasaporte español, la residencia y los demás derechos que otorga la ciudadanía se mantienen intactos. Lo único que queda temporalmente en el aire, y solo para un grupo específico, es la papeleta para votar en elecciones españolas desde el extranjero.

Puntos clave

  • El Tribunal Supremo suspendió el 8 de septiembre de 2026, de forma cautelar, la inscripción en el censo electoral exterior (CERA) de parte de los nacionalizados por la ley de nietos.
  • La medida no anula ninguna nacionalidad concedida ni paraliza los expedientes en trámite: solo afecta el voto desde el exterior.
  • Solo alcanza a quienes no acreditaron de forma directa el exilio de sus abuelos o padres, sino que se acogieron a la presunción de la instrucción de 2022.
  • El colectivo inscrito en el CERA por esta vía ronda las 300,000 personas en todo el mundo.
  • La ley de nietos cerró su plazo el 22 de octubre de 2025. Según el Consulado, 3,077 dominicanos ya se habían nacionalizado por ella (cifra de 2024).

¿Qué decidió el Tribunal Supremo con la ley de nietos?

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó suspender de manera cautelar la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de los nacionalizados que no acrediten directamente el exilio de sus ascendientes. La decisión se tomó apenas 24 horas después de la vista y respondió a los recursos presentados por el partido Vox y la asociación Iustitia Europa.

En términos prácticos, el Alto Tribunal pidió a la Junta Electoral Central que separe los expedientes tramitados con el exilio acreditado de forma directa de aquellos aprobados al amparo de una instrucción administrativa de 2022. Son estos últimos los que quedan en suspenso a efectos de voto. Según fuentes del propio tribunal citadas por medios españoles, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron a la medida durante la vista, al considerar que podía restringir un derecho de personas que ya adquirieron la nacionalidad de pleno derecho.

¿Qué es la ley de nietos y qué permitía?

Pese al nombre con que se popularizó, la ley de nietos no es una norma independiente. Es la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, en vigor desde octubre de 2022. Permitía a los hijos y nietos de españoles de origen que tuvieron que exiliarse por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación e identidad sexual —y que por ello perdieron o renunciaron a su nacionalidad— optar a la nacionalidad española de origen.

El plazo, inicialmente de dos años y prorrogado un año más, se cerró el 22 de octubre de 2025. Para entonces, más de 2.4 millones de personas en el mundo habían pedido acogerse, con gran concentración en Cuba, México, Argentina y Venezuela. Según datos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, 544,722 solicitudes ya habían sido aprobadas y unas 306,000 personas figuraban inscritas en el CERA al 31 de marzo de 2026.

¿Por qué el Supremo suspendió el voto y no la nacionalidad?

El litigio no cuestiona la ley en sí, sino cómo se aplicó. En octubre de 2022, el Ministerio de Justicia dictó una instrucción que estableció una presunción de exilio para todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, sin necesidad de acreditarlo caso por caso. Los recurrentes sostienen que esa instrucción amplió el alcance de la ley más allá de lo que aprobó el legislador, y advirtieron de que las próximas elecciones podrían quedar viciadas si no se frenaban las altas automáticas en el censo exterior.

La suspensión es cautelar: rige mientras el Supremo resuelve el fondo del asunto, es decir, si aquella instrucción de 2022 se ajustó o no a la ley. El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, pidió al tribunal resolver cuanto antes y, en todo caso, antes de las citas electorales de 2027.

¿Qué cambia y qué no cambia para quien ya se nacionalizó?

Conviene no confundir los planos. Esto es lo que la decisión no toca:

  • La nacionalidad española ya concedida se mantiene. No hay ninguna anulación.
  • El pasaporte y el documento de identidad siguen vigentes.
  • Los expedientes en trámite en los consulados continúan su curso; la Ley de Memoria Democrática no fue paralizada.

Y esto es lo único que la decisión afecta, de momento:

  • La inscripción en el censo electoral exterior (CERA), y por tanto el voto en elecciones españolas desde fuera de España, de quienes no acrediten de forma directa el exilio de sus abuelos o padres.

¿Qué significa esto para República Dominicana?

Para los dominicanos que obtuvieron el pasaporte español por esta vía, la nacionalidad no está en discusión. Lo que puede quedar temporalmente en suspenso es el voto en elecciones españolas desde el exterior, y solo para quienes se acogieron a la presunción de exilio de 2022. La cifra oficial más reciente, de 2024, era de 3,077 dominicanos nacionalizados por la ley de nietos; el total final, tras el cierre del plazo en octubre de 2025, no ha sido publicado por las autoridades consulares.

¿A cuántos dominicanos afecta la ley de nietos?

En República Dominicana, los descendientes de españoles se contaron por miles. El Consulado General de España en el país informó en 2024 que 3,077 dominicanos habían obtenido la nacionalidad gracias a la Ley de Memoria Democrática. En el momento de mayor demanda, la sede consular en Santo Domingo llegó a recibir cerca de 90 solicitudes diarias. Muchos de esos casos correspondían a hijos y nietos de españoles que emigraron a la isla a mediados del siglo XX, con frecuencia tras una escala en Cuba.

La primera dominicana beneficiada por esta norma fue Liliam del Carmen Roselló, hija de un español que emigró a República Dominicana en la década de 1950. Su caso ilustra el perfil típico del solicitante dominicano, que en muchos casos se acogió precisamente a la presunción de exilio hoy discutida.

¿Qué pueden hacer los dominicanos que no alcanzaron el plazo?

Para nuevas solicitudes, la vía de la ley de nietos está cerrada desde octubre de 2025 y no se ha aprobado ninguna reapertura. Quien no llegó a tiempo conserva, sin embargo, otras rutas previstas en el Código Civil español, aunque con condiciones distintas:

  • Nacionalidad por residencia con plazo reducido de un año para el nacido fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles.
  • Nacionalidad por residencia de dos años para nacionales de países iberoamericanos, condición que aplica a los dominicanos.

La diferencia de fondo es importante: estas vías exigen residir legalmente en España durante ese tiempo, a diferencia de la ley de nietos, que podía tramitarse desde el consulado sin haber pisado el país. Cada situación depende de la documentación familiar disponible, por lo que conviene verificar el caso concreto con el Consulado General de España o con un abogado de extranjería.

Preguntas frecuentes

¿La decisión del Supremo me quita la nacionalidad española?

No. El tribunal fue explícito: no anula ninguna nacionalidad ya concedida. La medida solo suspende, de forma provisional, la inscripción en el censo electoral exterior de un grupo de nacionalizados.

¿Puedo seguir usando mi pasaporte español?

Sí. La nacionalidad y el pasaporte se mantienen vigentes. Lo que queda en suspenso es el voto exterior mientras el tribunal resuelve el fondo del recurso.

Mi expediente sigue en trámite en el consulado, ¿se detiene?

No. El Supremo no paralizó la Ley de Memoria Democrática ni los expedientes en curso, que deben continuar su tramitación normal.

¿A quién afecta exactamente la suspensión del voto?

A quienes se inscribieron en el censo exterior sin acreditar de forma directa el exilio de sus ascendientes, acogiéndose a la presunción de la instrucción de octubre de 2022. Quienes probaron el exilio de forma directa no están afectados.

No alcancé el plazo de octubre de 2025, ¿qué opciones tengo?

La ley de nietos está cerrada para nuevas solicitudes. Quedan rutas por residencia del Código Civil: un año para hijos y nietos de español de origen, y dos años para iberoamericanos como los dominicanos. Ambas exigen residir legalmente en España. Conviene consultar el caso con el consulado o un abogado.

Nota: esta información tiene carácter orientativo y se basa en fuentes oficiales y en la resolución del Tribunal Supremo. Cada expediente es individual; para decisiones concretas, consulte al Consulado General de España en República Dominicana o a un especialista en extranjería.

— Redacción Noticia.do