SANTO DOMINGO(Noticia.do).– El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó que determinados afiliados de ingreso tardío con derechos adquiridos para pensionarse bajo el Régimen de Reparto Estatal puedan reintegrar los recursos que retiraron parcial o totalmente de sus Cuentas de Capitalización Individual (CCI) y continuar el proceso para optar por la pensión correspondiente.
La decisión está contenida en la Resolución 643-02, aprobada durante la reunión ordinaria del CNSS del 3 de septiembre de 2026, y dispone que la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) elabore e implemente en un plazo de 90 días el procedimiento operativo y normativo que permitirá realizar esos reintegros.
Datos clave
- La medida beneficia a afiliados que cumplan las condiciones para pensionarse en el Régimen de Reparto Estatal.
- Podrán reintegrar fondos de sus CCI que hayan retirado anteriormente por concepto de ingreso tardío.
- La SIPEN tiene 90 días para establecer cómo se ejecutará el procedimiento.
¿Quiénes podrán beneficiarse?
La resolución está dirigida a afiliados de ingreso tardío al Sistema Dominicano de Seguridad Social que tengan derechos adquiridos o una expectativa legítima de derecho a pensionarse bajo el Régimen de Reparto Estatal.
El CNSS explicó que algunos de estos trabajadores habían retirado parcial o totalmente los recursos acumulados en sus Cuentas de Capitalización Individual administradas por las AFP.
La nueva disposición abre la posibilidad de que esos recursos sean restituidos para realizar posteriormente el traspaso correspondiente, siempre que el afiliado reúna las condiciones requeridas.
La medida fue adoptada tras solicitudes presentadas por el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).
SIPEN deberá establecer el procedimiento
La Resolución 643-02 ordena a la Superintendencia de Pensiones diseñar e implementar en los próximos 90 días el mecanismo que determinará cómo, cuándo y bajo cuáles condiciones deberán reintegrarse los fondos retirados.
Esto significa que la resolución del CNSS establece el derecho y la vía regulatoria, pero todavía será necesario conocer el procedimiento que emitirá SIPEN para que los afiliados puedan realizar efectivamente el trámite.
No implica una pensión automática
La decisión no significa que cualquier servidor público pueda trasladarse automáticamente al Régimen de Reparto Estatal.
El beneficio estará limitado a quienes cumplan los requisitos legales y previsionales establecidos para ese régimen y cuya situación corresponda a los supuestos contemplados en la resolución.
¿Qué ocurre con aportes del sector privado?
El CNSS precisó que los aportes realizados por empleadores del sector privado permanecerán depositados en las respectivas Cuentas de Capitalización Individual.
Esos recursos no formarían parte del traspaso hacia el Régimen de Reparto Estatal, conforme a las disposiciones establecidas en la decisión.
CNSS cita precedente para trabajadores de salud
Para adoptar la medida, el Consejo tomó en consideración precedentes regulatorios aplicados anteriormente.
La resolución cita específicamente la Resolución SIPEN 496-25, mediante la cual se estableció un mecanismo para el traspaso de aportes acumulados en las CCI de servidores públicos del sector salud que habían recibido jubilaciones otorgadas por el Poder Ejecutivo.
Ese procedimiento también contempló disposiciones para que personas que habían retirado fondos por ingreso tardío pudieran reintegrarlos.
El CNSS considera que ese precedente demuestra que es posible implementar mecanismos regulatorios dirigidos a preservar derechos previsionales adquiridos.
¿Qué deben hacer ahora los interesados?
Por el momento, los potenciales beneficiarios deberán esperar la normativa que emitirá la SIPEN dentro del plazo de 90 días.
Ese procedimiento deberá establecer los requisitos, documentación, forma de reintegro de los recursos y demás pasos necesarios para completar el traslado al Régimen de Reparto Estatal.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que devolver el dinero que retiré de la AFP?
Para acogerse a esta modalidad, los afiliados contemplados en la resolución deberán reintegrar los fondos retirados de sus CCI conforme al mecanismo que establezca SIPEN.
¿Todos los empleados públicos pueden acogerse?
No. La decisión se refiere específicamente a afiliados que reúnen las condiciones para acogerse al Régimen de Reparto Estatal.
¿Ya se puede iniciar el trámite?
El CNSS aprobó la medida, pero SIPEN dispone de hasta 90 días para desarrollar e implementar el procedimiento operativo.
