SANTO DOMINGO, (Noticia.do).-El exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez defendió su solicitud para que sea declarada la extinción del proceso penal seguido en su contra, al sostener que el expediente ha superado el plazo máximo establecido por la legislación procesal que, según su interpretación, resulta aplicable a su caso.
Rodríguez afirmó durante una entrevista que el proceso se remonta al 21 de agosto de 2020, fecha que identifica como el inicio de la investigación ordenada en su contra, y aseguró que las demoras ocurridas durante estos años no pueden ser atribuidas a su defensa.
El exfuncionario, acusado por el Ministerio Público dentro del denominado caso Medusa, insistió en que corresponde al tribunal determinar si procede la extinción solicitada.
Los planteamientos expuestos por Rodríguez constituyen argumentos de su defensa. Corresponde a los tribunales valorar la solicitud y las posiciones de todas las partes dentro del proceso.
Jean Alain asegura que el plazo máximo es de cuatro años
Durante la entrevista, Rodríguez explicó que su defensa fundamenta la petición en las normas sobre duración máxima del proceso penal.
Según sostuvo, para los procesos declarados complejos el límite aplicable a su expediente sería de cuatro años.
El exprocurador manifestó que esa figura procesal no constituye un mecanismo excepcional diseñado para su caso, sino una disposición contemplada dentro del sistema de justicia dominicano para garantizar que una persona no permanezca indefinidamente sometida a un proceso penal.
Rodríguez citó estadísticas que atribuyó al Poder Judicial y aseguró que durante los últimos 12 años se habrían acogido 22,645 solicitudes de extinción, frente a 2,769 rechazadas.
La entrevista no incluye documentación independiente que permita verificar esas cifras, por lo que corresponden a los datos presentados por el propio exfuncionario.
¿Cuándo dice Jean Alain Rodríguez que comenzó el proceso?
Rodríguez situó el inicio de la investigación en el 21 de agosto de 2020, apenas días después de abandonar la Procuraduría General de la República.
Según explicó, en la propia solicitud de medida de coerción presentada posteriormente por el Ministerio Público se habría establecido que en esa fecha se ordenó iniciar una investigación en su contra.
También alegó que el 25 de noviembre de 2020 se produjo una restricción de sus derechos que, de acuerdo con su interpretación jurídica, constituye otro elemento para fijar el comienzo del cómputo procesal.
Con ese cálculo, Rodríguez sostuvo que el expediente se aproxima a los seis años de duración, pese a que considera que el límite correspondiente es de cuatro años.
Responsabiliza al Ministerio Público de retrasos
Uno de los principales argumentos expuestos por Rodríguez es que las dilaciones no habrían sido provocadas por él ni por sus abogados.
El exprocurador citó diferentes etapas de la investigación y aseguró que algunas diligencias fueron realizadas meses después de haberse iniciado el expediente.
Entre ellas mencionó el análisis de equipos informáticos vinculados a las investigaciones sobre un supuesto sabotaje electrónico.
Según su versión, esos equipos fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) el 27 de enero de 2022, aproximadamente un año y cinco meses después del inicio que él atribuye a la investigación.
También cuestionó los tiempos utilizados para obtener documentos de otras instituciones públicas relacionados con contrataciones y con el denominado Plan de Humanización del Sistema Penitenciario.
Cuestiona entrega y acceso a pruebas
Rodríguez aseguró además que durante el proceso enfrentó dificultades para acceder a la documentación y archivos que sustentaban la acusación.
Indicó que el Ministerio Público depositó el 2 de julio de 2022 una acusación compuesta por más de 12,000 páginas y miles de elementos probatorios.
Según relató, parte de la documentación fue entregada mediante dispositivos electrónicos que habrían presentado problemas para ser consultados.
Rodríguez sostuvo que durante su permanencia en prisión solicitó acceso a una computadora para revisar las pruebas y aseguró que tuvo que recurrir ante un juez para conseguir autorización.
El exfuncionario atribuyó varios aplazamientos posteriores a problemas relacionados con la entrega de documentos y soportes electrónicos.
Dice que jueces descartaron tácticas dilatorias de su defensa
Rodríguez manifestó que existen decisiones judiciales que, según su interpretación, establecieron que determinadas dilaciones no eran responsabilidad de su defensa.
Afirmó que en tres ocasiones se evaluaron señalamientos del Ministerio Público sobre supuestas tácticas dilatorias y que los tribunales no las atribuyeron a él.
El exprocurador indicó que ese aspecto resulta relevante porque, según explicó, la legislación contempla situaciones en las cuales determinados períodos podrían ser excluidos del cálculo de la duración máxima.
Entre las excepciones mencionó una declaratoria de fuga, la rebeldía de un imputado y la existencia de tácticas dilatorias formalmente constatadas mediante una decisión judicial.
Rodríguez aseguró que ninguna de esas circunstancias se produce en su caso.
Afirma que estuvo cuatro años privado de libertad
Al describir el impacto personal del proceso, Rodríguez afirmó que permaneció aproximadamente cuatro años bajo restricciones de libertad.
Según detalló, pasó dos años en un recinto penitenciario y otros dos bajo arresto domiciliario.
También afirmó que durante ese período fue trasladado cientos de veces para comparecer a audiencias y realizar otras diligencias relacionadas con el proceso.
Rodríguez sostuvo que las consecuencias también alcanzaron su patrimonio, su actividad profesional y su familia.
Defiende origen de su patrimonio
Durante la entrevista, el exprocurador fue cuestionado sobre los bienes incluidos dentro del proceso judicial.
Rodríguez sostuvo que su patrimonio fue construido antes de ejercer las principales funciones públicas que ocupó y aseguró que puede documentar el origen de sus propiedades.
También afirmó que un perito designado durante el proceso habría determinado que sus bienes tenían origen lícito y señaló que el juez de la audiencia preliminar realizó valoraciones favorables sobre la apariencia lícita de esos activos.
Estas afirmaciones corresponden a la versión del acusado y forman parte de los argumentos que ha presentado en su defensa.
Rodríguez indicó que algunos de esos bienes permanecen incautados o bajo medidas judiciales.
No descarta continuar el proceso si rechazan extinción
El exprocurador aseguró que respetará la decisión que adopte el tribunal.
Explicó que, si la solicitud es rechazada, continuará su defensa en el juicio de fondo y utilizará las vías de impugnación disponibles.
De igual manera, reconoció que una eventual decisión favorable a la extinción podría ser recurrida por el Ministerio Público.
“Si lo acogen, lo respetaré. Si lo rechazan, lo respetaré”, expresó durante la entrevista.
Rodríguez señaló que el litigio todavía podría pasar por otras instancias judiciales antes de producirse una decisión definitiva.
Cuestiona eventual aplicación de nuevas reglas procesales
Otro de los puntos planteados por el exprocurador está relacionado con cambios en la normativa procesal penal.
Rodríguez sostuvo que el Ministerio Público pretende utilizar disposiciones de una legislación posterior para oponerse a la solicitud de extinción.
Alegó que aplicar retroactivamente una disposición que resulte perjudicial para un imputado sería contrario a principios constitucionales.
Ese planteamiento deberá ser valorado por el tribunal dentro de la discusión jurídica sobre la solicitud.
Datos clave
- Inicio alegado del proceso: 21 de agosto de 2020.
- Plazo que invoca la defensa: cuatro años para un proceso complejo.
- Petición: declarar extinguida la acción por duración máxima del proceso.
Una decisión judicial pendiente
La discusión sobre la extinción se produce mientras continúa abierto uno de los procesos por presunta corrupción administrativa de mayor repercusión de los últimos años en República Dominicana.
La defensa sostiene que el tiempo transcurrido obliga jurídicamente a terminar el procedimiento, mientras el Ministerio Público mantiene la acusación formulada en el expediente.
La decisión corresponde ahora al tribunal encargado de ponderar los argumentos, las actuaciones procesales y el cómputo de los plazos.
Nota legal
Jean Alain Rodríguez mantiene la presunción de inocencia mientras no exista una sentencia condenatoria definitiva. Las acusaciones formuladas por el Ministerio Público y las afirmaciones realizadas por Rodríguez durante su defensa constituyen posiciones de las partes dentro de un proceso judicial y no deben presentarse como hechos definitivamente establecidos.
