Santo Domingo.– La Fundación Equidad y Justicia Social (FEJUS) pidió al Congreso Nacional aprobar con urgencia una ley que regule el expendio de bebidas alcohólicas, luego de que el Tribunal Constitucional declarara no conforme con la Constitución el Decreto 308-06, que durante dos décadas ha establecido límites de horario para esa actividad comercial.

La solicitud fue formulada después de la sentencia TC/0689/26, emitida el 28 de julio de 2026. Aunque el tribunal declaró inconstitucional el decreto, difirió los efectos de su decisión durante dos años, contados desde la notificación del fallo, y exhortó expresamente al Congreso a legislar dentro de ese plazo. Por tanto, las restricciones actuales no desaparecen de inmediato.

Datos clave El Decreto 308-06 seguirá produciendo efectos durante dos años desde la notificación de la sentencia. El Tribunal Constitucional exhortó al Congreso a regular por ley el expendio nocturno de alcohol. FEJUS advierte sobre posibles consecuencias para la seguridad, la salud y la convivencia.

FEJUS advierte sobre riesgos sociales

La organización, presidida por el reverendo Fidel Lorenzo Merán, manifestó preocupación por las consecuencias que podría provocar una eventual ausencia de regulación al finalizar el período de transición fijado por el Tribunal Constitucional.

A juicio de FEJUS, la comercialización de bebidas alcohólicas sin controles adecuados, especialmente en espacios públicos y abiertos, podría incidir en hechos de violencia, accidentes de tránsito, problemas de salud física y mental y conflictos familiares.

“No podemos dejar la tranquilidad de nuestras familias y comunidades a merced de la ausencia de regulación. El consumo excesivo de alcohol en espacios abiertos está estrechamente relacionado con riñas, hechos delictivos, accidentes de tránsito y una preocupante descomposición del tejido social”, expresó Lorenzo Merán.

Esas consideraciones corresponden a la posición institucional de FEJUS, que entiende que el país debe contar con una normativa permanente orientada a equilibrar la libertad comercial con la protección del orden público.

Pide actuar antes de que termine el plazo

FEJUS exhortó a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a iniciar el conocimiento de una legislación integral antes de que transcurra el plazo otorgado por el Tribunal Constitucional.

La entidad propuso que la futura normativa establezca horarios, mecanismos de fiscalización y sanciones aplicables al expendio de alcohol, además de disposiciones para prevenir el consumo en lugares públicos cuando represente un riesgo para la seguridad y la convivencia comunitaria.

También informó que dará seguimiento al proceso legislativo y a las iniciativas relacionadas con el expendio y consumo de bebidas alcohólicas que sean conocidas por el Congreso.

¿Qué decidió el Tribunal Constitucional?

La sentencia TC/0689/26 fue dictada en respuesta a una acción directa de inconstitucionalidad presentada por Víctor Eddy Mateo Vásquez contra el Decreto 308-06, emitido por el Poder Ejecutivo el 24 de julio de 2006.

El decreto prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión después de las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y después de las 2:00 de la madrugada los días sábado y domingo. También contempla el cierre temporal o definitivo y la cancelación de licencias para los establecimientos que incumplan.

El Tribunal Constitucional determinó que una restricción general y permanente de esa naturaleza no debía mantenerse indefinidamente mediante un decreto presidencial, sino estar sustentada en una legislación aprobada por el Congreso.

Para evitar un vacío normativo inmediato, los jueces aplazaron durante dos años los efectos de la inconstitucionalidad. El plazo empieza a contar desde la notificación de la sentencia y tiene como finalidad permitir que el Poder Legislativo apruebe una nueva regulación.

Horarios continúan vigentes

La sentencia no autoriza a bares, colmados, discotecas o centros de diversión a vender alcohol sin restricciones desde ahora.

Mientras transcurra el período de vigencia diferida o hasta que sea promulgada una nueva ley, las autoridades podrán continuar aplicando los horarios establecidos en el Decreto 308-06.

La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, afirmó que la institución respetará la decisión y acompañará al Congreso en la construcción de una normativa moderna, mientras mantiene su compromiso con la seguridad y la convivencia ciudadana.

Contexto legal Una declaratoria de inconstitucionalidad con efectos diferidos significa que la norma cuestionada no queda anulada inmediatamente. En este caso, el Tribunal Constitucional estableció una transición de dos años para que el Congreso sustituya el decreto por una ley.

Nota legal

La sentencia TC/0689/26 declaró el Decreto 308-06 no conforme con la Constitución, pero aplazó los efectos de esa decisión. En consecuencia, no existe por el momento una eliminación inmediata de los horarios que regulan el expendio nocturno de bebidas alcohólicas.