📋 Puntos clave

  • El Decreto 287-26 establece el nuevo Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
  • Los accidentes durante el trayecto al trabajo o de regreso al hogar quedan reconocidos con mayor precisión legal.
  • Los trabajadores en teletrabajo tienen los mismos derechos y prestaciones que el personal presencial.
  • Los empleados accidentados en su primer mes de empleo están protegidos aunque las cotizaciones no estén completas.
  • Las empresas recibirán incentivos o penalidades según su nivel de siniestralidad.
  • Se incorpora un protocolo específico para el pago de gastos fúnebres por causa laboral.

SANTO DOMINGO, (Noticia.do).-El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) puso en vigor el Decreto núm. 287-26, que establece el nuevo Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) y amplía la cobertura de accidentes para los trabajadores del país. La norma actualiza los procesos del sistema, reconoce el teletrabajo como modalidad laboral protegida e incorpora mecanismos de protección desde el primer mes de empleo.

El nuevo reglamento del seguro de riesgos laborales amplía la protección en tres frentes concretos: reconoce con mayor precisión legal los accidentes ocurridos durante el trayecto al trabajo o de regreso al hogar, incluye por primera vez a los trabajadores remotos con los mismos derechos que el personal presencial, y protege a quienes sufran un accidente antes de completar el primer mes de cotizaciones. Así lo informó el CNSS a través de su gerente general, Aura Celeste Fernández Rodríguez.


¿Qué cambió en el seguro de riesgos laborales con el Decreto 287-26?

El decreto actualiza la normativa que regula el SRL dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y redefine las responsabilidades de las instituciones involucradas: el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y el Ministerio de Trabajo.

La norma también moderniza el cálculo de subsidios, indemnizaciones y pensiones para los trabajadores afectados por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, y fortalece los mecanismos de control, supervisión y transparencia del sistema con una orientación más clara hacia el afiliado.


¿Qué accidentes cubre ahora el seguro de riesgos laborales?

Entre las ampliaciones más relevantes destaca el reconocimiento explícito de los accidentes ocurridos durante el trayecto hacia el centro de trabajo o de regreso al hogar, así como otras situaciones directamente vinculadas a la actividad laboral. Con ello, los trabajadores cuentan con mayor seguridad jurídica en los momentos de mayor vulnerabilidad fuera del lugar de trabajo.

El reglamento incorpora además un protocolo específico para el reconocimiento y pago de los gastos fúnebres en caso de fallecimiento por causa laboral, extendiendo la protección hacia los familiares del trabajador.


¿Cómo protege el reglamento a los trabajadores en teletrabajo?

"La actualización de este reglamento representa un paso trascendental para consolidar un seguro más eficiente, transparente y orientado a resultados."
— Aura Celeste Fernández Rodríguez, gerente general del CNSS

La normativa incluye por primera vez disposiciones específicas para los trabajadores remotos y en modalidad de teletrabajo, garantizándoles los mismos derechos y prestaciones que al personal presencial. Esta es una de las adaptaciones más significativas del nuevo reglamento frente a las transformaciones experimentadas por el mercado laboral dominicano.

Fernández Rodríguez destacó que el reglamento "actualiza los procesos y adecua la normativa a las necesidades actuales del mercado laboral, garantizando una respuesta más eficiente, transparente y centrada en el afiliado."


¿Qué pasa si tengo un accidente en mi primer mes de trabajo?

El reglamento establece mecanismos para garantizar la protección económica de los trabajadores que sufran un accidente laboral durante su primer mes de empleo, incluso cuando las cotizaciones correspondientes no se hayan completado o no reflejen un salario mensual íntegro. Esto elimina una brecha que dejaba desprotegidos a los empleados recién incorporados al sistema formal.


¿Qué nuevas responsabilidades enfrentan los empleadores?

En materia de financiamiento, el decreto mantiene los aportes a cargo de los empleadores e introduce mejoras en la clasificación de riesgos. Las empresas que registren menores niveles de siniestralidad podrán acceder a incentivos, mientras que aquellas con alta incidencia de accidentes enfrentarán penalidades, fomentando una gestión más equitativa del sistema.

El decreto también refuerza los programas de prevención mediante la implementación de mecanismos de seguimiento e indicadores que contribuyan a reducir la ocurrencia de accidentes y enfermedades laborales, promoviendo entornos de trabajo más seguros.


Con la entrada en vigor del Decreto 287-26, el CNSS reafirma su compromiso con la modernización del Sistema Dominicano de Seguridad Social, avanzando hacia un sistema de protección laboral más equitativo y centrado en los trabajadores dominicanos.

Preguntas frecuentes

¿Qué cubre el nuevo seguro de riesgos laborales en República Dominicana?
El seguro de riesgos laborales cubre accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y accidentes en el trayecto al centro de trabajo. Con el Decreto 287-26, la cobertura se amplía al teletrabajo, se reconocen con mayor claridad los accidentes en trayecto y se protege al trabajador desde el primer mes de empleo, aunque sus cotizaciones no estén completas.
¿Los teletrabajadores tienen cobertura en el seguro laboral dominicano?
Sí. El Decreto 287-26 reconoce por primera vez el teletrabajo y el trabajo a distancia como modalidades cubiertas por el Seguro de Riesgos Laborales. Estos trabajadores tienen los mismos derechos y prestaciones que quienes laboran de forma presencial en un centro de trabajo.
¿Estoy protegido por el seguro laboral si tengo un accidente en mi primer mes de trabajo?
Sí. El nuevo reglamento establece que los trabajadores que sufran un accidente durante su primer mes de empleo están protegidos por el Seguro de Riesgos Laborales, aun cuando las cotizaciones correspondientes no se hayan completado o no reflejen un salario mensual íntegro.
¿Qué es el Decreto 287-26 del CNSS?
El Decreto 287-26 es la disposición presidencial que promulga el nuevo Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) en República Dominicana. Moderniza la normativa que regula este componente del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), actualizando coberturas, subsidios y mecanismos de prevención para los trabajadores afiliados.