Datos clave — Caso Raylin Santos

  • Imputado: Raylin Santos, militar del Ejército Nacional
  • Etapa procesal: Investigación — medida de coerción pendiente de resolución
  • Calificación del MP: Homicidio involuntario (Art. 319, Código Penal Dominicano)
  • Calificación exigida por querellantes: Golpes y heridas voluntarios que provocaron la muerte
  • Medida solicitada: Prisión preventiva (Ministerio Público y parte querellante)
  • Próxima audiencia: Viernes, 10:00 a.m. — Palacio de Justicia de SFM
  • Segundo implicado: Agente de la Policía Nacional que conducía la patrulla (no incluido en expediente, según querellantes)

SAN FRANCISCO DE MACORIS, (Noticia.do).-Fue aplazada para este viernes, a las 10:00 de la mañana, la audiencia de medida de coerción contra el militar Raylin Santos ante la Oficina Judicial de Atención Permanente de San Francisco de Macorís, donde decenas de ciudadanos, dirigentes populares y grupos estudiantiles exigían justicia a las afueras del Palacio de Justicia. La audiencia fue diferida para que los abogados de la parte querellante depositaran formalmente su escrito de querella, según informó el Ministerio Público al término de la vista.

Santos es señalado por las autoridades de haber derribado de su motocicleta a un adolescente de 16 años —identificado en los medios como Ángel Manuel Luna— en una acción captada por las cámaras de seguridad del sector. El joven falleció a consecuencia del incidente. La Policía Nacional lo identificó como el principal responsable del hecho.

¿Qué pasó con la audiencia de Raylin Santos? El tribunal de la Oficina Judicial de Atención Permanente de San Francisco de Macorís aplazó para este viernes, a las 10:00 a.m., la audiencia de medida de coerción contra el militar Raylin Santos, señalado de provocar la muerte de un adolescente de 16 años al derribarlo de su motocicleta, hecho captado por cámaras de seguridad. El aplazamiento se produjo para que los abogados de la parte querellante depositaran su escrito. El Ministerio Público solicita prisión preventiva.

El Ministerio Público calificó los hechos como homicidio involuntario conforme al artículo 319 del Código Penal Dominicano, y solicitó prisión preventiva como medida de coerción. No obstante, los abogados de la parte querellante sostienen que la calificación debería ser más grave. "Las informaciones preliminares que disponemos y algunas pruebas apuntan a que pudiera originarse lo que es un golpes y heridas voluntarios que provocaron la muerte", afirmó uno de los letrados querellantes presente en el tribunal.

La parte querellante también solicitó prisión preventiva y anunció que continuará exigiendo que el expediente refleje lo que consideran la verdadera naturaleza del hecho. La defensa técnica de Santos se abstuvo de hacer declaraciones públicas sobre el caso. "Recuerde que estamos en la fase investigativa. Todavía es una fase donde no se pueden dar muchos detalles", indicó el abogado defensor, quien precisó que el juez decidirá sobre la medida en su momento.

Expediente cuestionado y un segundo implicado

Uno de los puntos de mayor tensión en las afueras del Palacio de Justicia fue la denuncia de los grupos querellantes sobre la integridad del expediente. Según representantes de las organizaciones convocantes, el expediente no incluye al agente de la Policía Nacional que conducía la patrulla en el momento en que Santos presuntamente tumbó al adolescente. "Nosotros evidenciamos el expediente, un expediente vacío donde no incluye el policía que iba manejando la patrulla", denunció uno de los dirigentes presentes. Las organizaciones exigen que ambos miembros —el militar y el policía— comparezcan ante la justicia.

FALPO, FEI y FJD en el Palacio de Justicia

El Frente Amplio de Lucha Popular (FALPO), el Frente Estudiantil de Liberación Amín Abel (FEI) y el Frente Juvenil de Desarrollo (FJD), entre otros grupos, mantuvieron presencia en las afueras del tribunal durante la vista de este miércoles. Sus representantes advirtieron que continuarán movilizándose de manera escalonada hasta que el proceso avance conforme a sus exigencias. "Nosotros seguiremos de manera escalonada exigiendo que se haga justicia", expresó uno de los dirigentes consultados por Noticia.do.

Los grupos también acusaron a las autoridades de construir un "expediente amañado" que, según ellos, no responsabiliza a quienes realmente actuaron en el hecho.

La audiencia de medida de coerción queda fijada para este viernes a las 10:00 a.m. en el Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís.

Preguntas frecuentes

¿De qué se acusa a Raylin Santos?
El Ministerio Público acusa a Raylin Santos, militar del Ejército Nacional, de homicidio involuntario (Art. 319 del Código Penal Dominicano) por presuntamente haber derribado de una motocicleta a un adolescente de 16 años en San Francisco de Macorís, hecho que causó la muerte del joven y quedó registrado en cámaras de seguridad. La parte querellante exige una calificación más grave: golpes y heridas voluntarios que provocaron la muerte.
¿Por qué fue aplazada la audiencia de medida de coerción?
El tribunal aplazó la audiencia para que los abogados de la parte querellante pudieran depositar formalmente su escrito de querella. La nueva fecha es este viernes a las 10:00 a.m. en el Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís.
¿Qué medida pide el Ministerio Público para Raylin Santos?
El Ministerio Público solicita prisión preventiva. La parte querellante también ha pedido la misma medida cautelar. La decisión final corresponde al juez de la Oficina Judicial de Atención Permanente, que conocerá el caso este viernes.
¿Hay otros implicados además de Raylin Santos?
Organizaciones populares y grupos estudiantiles denuncian que el expediente no incluye al agente de la Policía Nacional que conducía la patrulla en el momento del hecho. Exigen que ambos —el militar y el policía— sean presentados ante la justicia. La defensa técnica indicó que no ofrecerá detalles mientras el caso esté en fase investigativa.

Las personas mencionadas en esta nota se presumen inocentes hasta que una sentencia judicial firme determine lo contrario, conforme al artículo 69 de la Constitución de la República Dominicana y el Código Procesal Penal.