Resumen rápido

  • 112 empresas ya fueron sancionadas por la DGM por emplear extranjeros sin documentos.
  • Las multas oscilan entre 15 y 20 salarios mínimos según la gravedad del caso.
  • La obligación aplica a negocios, hogares con empleados domésticos y fincas agrícolas.
  • El empleador debe notificar a la DGM si desvincula al trabajador extranjero.

SANTO DOMINGO, (Noticia.do).-La Dirección General de Migración (DGM) ya sancionó a 112 empresas dominicanas por emplear trabajadores extranjeros indocumentados y advierte que las multas pueden alcanzar entre 15 y 20 salarios mínimos por infracción, dependiendo de su gravedad.

La advertencia abarca a todo empleador, sin importar el tamaño del negocio: quienes contratan extranjeros para labores domésticas, agrícolas o de servicios particulares están igualmente obligados a cumplir la normativa. El director general de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, fue claro al señalar que nadie queda exento de las sanciones por emplear indocumentados.

Para obtener el permiso de trabajador temporero (TT1), el empleador debe verificar primero que la persona ingresó al país de forma legal y cuenta con el visado correspondiente. Solo entonces puede registrar el contrato en el Ministerio de Trabajo y afiliar al trabajador a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que cubre su seguro de salud y riesgos laborales.

Hay un paso que muchos empleadores desconocen: si el trabajador extranjero deja la empresa, el empleador debe notificarlo a la DGM de inmediato. Esa notificación permite a la institución actualizar el estatus migratorio de la persona y actuar conforme a la ley. Omitirla puede derivar en una nueva infracción.

Lee Ballester destacó además el proceso de expansión de la DGM. Actualmente opera oficinas en Santo Domingo, Punta Cana, Puerto Plata y Santiago, con planes de ampliar su presencia a todo el territorio nacional para reducir costos logísticos a los empleadores y agilizar los trámites de regularización.

El endurecimiento de los controles migratorios no es improvizado. En marzo de 2026, la DGM emitió la Resolución 001-2026, que precisó los requisitos para renovar los permisos TT1 e introdujo la obligatoriedad de presentar constancia de inscripción en la TSS, carta del empleador y póliza de garantía migratoria, entre otros documentos. Las 112 empresas sancionadas son la consecuencia directa de ese marco regulatorio ahora en plena aplicación.

Para los dominicanos residentes en Nueva York, Nueva Jersey, Massachusetts, Florida y Filadelfia que mantienen negocios o propiedades en República Dominicana y contratan personal extranjero para administrarlos, la advertencia de Migración aplica con igual fuerza. Un capataz agrícola o empleada doméstica sin TT1 puede generar una multa de hasta 20 salarios mínimos al propietario, aunque este no resida en el país. La DGM no distingue entre empleador presente y empleador ausente.