Reglamento de la Ley 47-25: cómo transforma las contrataciones públicas
El Reglamento de Aplicación de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas establece reglas obligatorias para planificar, ejecutar y supervisar las compras del Estado. Busca mayor transparencia, competencia y control, asegurando que cada contratación sea verificable, con responsables claros y orientada al interés general.
Santo Domingo.-El Reglamento de Aplicación de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas marca un punto de inflexión en la forma en que el Estado dominicano gestiona sus compras y contrataciones. Su aprobación establece reglas claras y obligatorias para todas las instituciones sujetas a este marco legal, con el objetivo de fortalecer la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas.
Más allá de una reforma administrativa, el reglamento busca consolidar prácticas que reduzcan la improvisación, refuercen la planificación y aseguren que cada peso del gasto público responda al interés general.
Qué es el Reglamento de Aplicación de la Ley 47-25
El reglamento es el instrumento que detalla cómo debe aplicarse la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas. Define procedimientos, responsabilidades y estándares que deben seguir las instituciones del Estado al contratar bienes, servicios u obras.
Su aplicación es obligatoria para los entes comprendidos en el ámbito de la ley, conforme al decreto que lo aprueba. El objetivo central es que las decisiones contractuales queden documentadas, sean verificables y cuenten con responsables identificables.
Por qué importa el reglamento de contrataciones públicas
Las contrataciones públicas concentran una parte significativa del presupuesto estatal. Sin reglas claras, este proceso puede ser vulnerable a ineficiencias, discrecionalidad o falta de controles.
Con este reglamento, el Estado busca:
- Proteger los recursos públicos.
- Garantizar igualdad de oportunidades para los oferentes.
- Reforzar la confianza ciudadana en las instituciones.
Según el enfoque expuesto por el presidente :contentReference[oaicite:1]{index=1}, el cambio no es solo normativo, sino cultural: un Estado que opera con reglas permanentes, más allá de las personas o coyunturas políticas.
Cómo funciona el nuevo marco normativo
El reglamento organiza el proceso de contratación desde la planificación hasta la supervisión y el control posterior.
Planificación y competencia
Uno de los pilares es la planificación previa de las compras públicas. Esto reduce la improvisación y promueve una competencia real entre proveedores, al establecer procesos previsibles y abiertos.
Controles y trazabilidad
Cada etapa deja un rastro documentado. Las decisiones pueden ser revisadas en cualquier momento, fortaleciendo los mecanismos de control interno y externo, con la participación de órganos fiscalizadores y del Ministerio Público.
Qué cambia para las instituciones públicas
Las entidades del Estado deben ajustar su gestión contractual al reglamento de forma obligatoria. Esto implica:
- Adecuar procedimientos internos.
- Capacitar a servidores públicos.
- Cumplir con estándares uniformes de transparencia y legalidad.
El reglamento no busca paralizar la gestión, sino hacerla más eficiente y previsible, reduciendo riesgos administrativos y legales.
Qué garantías ofrece a proveedores y ciudadanía
Para los proveedores, el nuevo marco brinda mayor seguridad jurídica y reglas claras de participación. Para la ciudadanía, garantiza que las contrataciones respondan al interés general y no a conveniencias particulares.
La :contentReference[oaicite:2]{index=2} tiene un rol central como ente rector y garante de la aplicación uniforme de la normativa.
Implementación gradual y acompañamiento institucional
La implementación se realizará de manera gradual, conforme a un cronograma aprobado. El Gobierno ha indicado que acompañará a las instituciones con capacitación y orientación técnica para asegurar una transición ordenada.
Este acompañamiento incluye tanto a servidores públicos como a proveedores, para facilitar la correcta aplicación del reglamento.
Errores comunes que busca corregir
El reglamento apunta a cerrar prácticas históricas como:
- Falta de planificación en las compras.
- Procesos poco competitivos.
- Debilidad en los controles y la supervisión.
Al establecer reglas claras y permanentes, se reducen los espacios para el abuso y la improvisación.
Qué hacer ante dudas o incumplimientos
Las instituciones y proveedores deben acudir a los canales formales de la DGCP para orientación. En casos de presunto incumplimiento, intervienen los órganos de control y las instancias correspondientes del Estado.
Dato no especificado en la nota original: mecanismos específicos de denuncia y plazos de respuesta.
Puntos clave

- El reglamento hace obligatoria la aplicación de la Ley 47-25.
- Refuerza planificación, competencia y controles.
- Asegura trazabilidad y responsabilidades claras.
- Ofrece mayor seguridad jurídica a proveedores.
- Busca consolidar un Estado más transparente y confiable.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿A quiénes aplica el reglamento?
A todas las instituciones sujetas al ámbito de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas.
¿Desde cuándo es obligatorio?
Desde la entrada en vigor del decreto que aprueba el reglamento.
¿Se paralizan las compras públicas?
No. El objetivo es hacerlas más eficientes y predecibles.
¿Quién supervisa su cumplimiento?
La DGCP, junto a los órganos de control del Estado y el Ministerio Público.
¿Habrá capacitación para las instituciones?
Sí. El Gobierno anunció acompañamiento y formación técnica durante la implementación.
¿Qué gana la ciudadanía con este reglamento?
Mayor transparencia, control del gasto y confianza en la gestión pública.




