Nuevo juicio a Wander Franco: la Corte de Apelación ordena revisar el caso por abuso sexual infantil
¿Qué decidió la Corte de Apelación de Puerto Plata sobre el caso Wander Franco?
Puerto Plata.-La Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata acogió los recursos presentados por las partes, incluyendo el del Ministerio Público, y decidió ordenar un nuevo juicio en el proceso seguido a Wander Samuel Franco Aybar.
En la primera instancia, Franco había sido condenado a 2 años de prisión, con la pena suspendida, por abusar psicológica y sexualmente de una adolescente, según el fallo del Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata.
La decisión de la Corte tiene dos efectos clave:
- Deja sin efecto la valoración previa de los hechos realizada por el tribunal de primera instancia.
- Ordena que otro tribunal conozca de nuevo el caso, reproduciendo las pruebas y dictando una nueva sentencia.
Anulación de la sentencia y orden de nuevo juicio
Los jueces de apelación Onasis Pelegrín, Xiomara Tineo y Juan Suardi se reservaron el fallo para el 9 de diciembre de 2025, fecha en la que finalmente informan que se anula la sentencia y se ordena la celebración de un nuevo juicio.
Con esta decisión, la primera condena contra Wander Franco —2 años de prisión bajo suspensión de la pena— queda sin efecto, a la espera de lo que resuelva el nuevo tribunal a partir de la reproducción de las pruebas y la nueva valoración de los hechos.
Por qué el Ministerio Público valora la decisión del tribunal
De acuerdo con el comunicado, el Ministerio Público no solo había recurrido la sentencia inicial, sino que además solicitó que la propia Corte dictara su sentencia e impusiera a Franco una condena de 5 años de prisión por abuso sexual infantil, en correspondencia con la gravedad de los hechos.
Aunque la Corte optó por ordenar nuevo juicio en vez de imponer directamente una condena mayor, el órgano acusador valora la decisión porque confía en que:
- La reproducción nuevamente de las pruebas permitirá a los jueces apreciar mejor la gravedad del caso.
- Podrán lograrse condenas mayores tanto para Wander Franco como para la madre de la víctima, en relación con los hechos imputados.
Los fiscales litigantes Claudio Alberto Cordero Jiménez y José Martínez Montán, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y de la Fiscalía de Puerto Plata, han manifestado estar listos para impulsar en el nuevo juicio las condenas ejemplares que, a su juicio, amerita el proceso.
Cómo fue la condena original contra Wander Franco en primera instancia
En el juicio de fondo conocido por el Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, Wander Franco fue declarado culpable de violar el artículo 396, letras b y c, de la Ley 136-03, Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
La sentencia establecía:
- 2 años de prisión, con la pena suspendida.
- Pago de 10 salarios mínimos como multa.
- Pago de las costas penales del proceso.
Detalles de la pena suspendida y sus condiciones
La pena suspendida no significa ausencia de sanción, sino que la prisión no se ejecuta de inmediato siempre y cuando el condenado cumpla ciertas condiciones. En este caso, al beisbolista se le impuso específicamente:
- No acercarse a adolescentes con fines sexuales.
- En caso de incumplimiento, la pena debería cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.
Este tipo de medida busca combinar un efecto sancionador con un componente de vigilancia y prevención, sobre todo en delitos vinculados a la integridad de menores de edad.
Artículo 396 de la Ley 136-03 y protección de adolescentes
El artículo 396 de la Ley 136-03 contempla, entre otras cosas, el abuso sexual, psicológico y la explotación de niños, niñas y adolescentes, y prevé sanciones que pueden incluir condenas privativas de libertad y otras medidas accesorias orientadas a la protección de la víctima.
Que el tribunal haya aplicado este artículo en la primera instancia y que, aun así, el Ministerio Público busque una pena mayor, refuerza la idea de que existe una preocupación por ajustar la respuesta penal a la gravedad de los hechos.
Situación jurídica de la madre de la víctima: condena, bienes y decomisos
El proceso también se dirige contra la madre de la víctima, quien en primera instancia fue condenada a 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos.
La sentencia inicial estableció que la mujer:
- Cumpla la pena en el CCR Rafey Mujeres, en Santiago.
- Pague una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.
Delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos
Según la acusación, la madre habría incurrido en explotación sexual comercial de su propia hija y en lavado de activos relacionado con los pagos recibidos. Esos hechos, en el contexto de un caso de abuso sexual infantil, agravan notablemente la valoración jurídica y moral de la conducta.
El tribunal de primera instancia acogió las pruebas del Ministerio Público y consideró demostrada su responsabilidad penal. Ahora, con la anulación de la sentencia, será el nuevo tribunal quien vuelva a valorar dichos elementos.
Multas, bienes incautados y su destino legal
En el fallo original también se ordenó el decomiso de siete bienes incautados a la procesada, entre ellos:
- Un solar en Villa Montellano, de 600 m².
- Un vehículo del año 2023.
- Un depósito bancario de RD$ 2,100,000.
- La suma de US$ 68,500 y RD$ 800,000 en efectivo.
- Equipos celulares y otros valores colocados en su cuenta, inmovilizados mediante orden judicial.
El decomiso de bienes en este tipo de procesos no solo tiene un objetivo punitivo, sino también preventivo: desmantelar los beneficios económicos derivados de la explotación sexual y del lavado de dinero.
El rol del Ministerio Público en el nuevo juicio a Wander Franco

En el nuevo escenario procesal, el Ministerio Público llega con varios elementos a su favor:
- Ya ha logrado una condena previa, aunque ahora anulada.
- Ha presentado un volumen importante de pruebas documentales y testimoniales.
- Ha dejado clara su intención de buscar penas mayores, especialmente los 5 años de prisión por abuso sexual infantil para Wander Franco.
Solicitud de condenas más severas y valoración de pruebas
Para el órgano acusador, la clave está en que el nuevo tribunal escuche y vea nuevamente:
- Testimonios, informes y peritajes.
- Evidencias financieras relacionadas con la madre de la víctima.
- Elementos que, a su juicio, demuestran tanto el abuso sexual infantil como la explotación y el lavado.
La expectativa es que esa nueva valoración conduzca a condenas más ejemplares, tanto para el pelotero como para la madre de la adolescente.
Procuraduría Antilavado y coordinación con la Fiscalía de Puerto Plata
Un punto importante de este caso es la participación de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, que interviene debido a los indicios de lavado de activos vinculados a pagos y transferencias de dinero.
La coordinación con la Fiscalía de Puerto Plata permite abordar el caso desde dos frentes:
- Protección de la víctima y persecución del abuso sexual infantil.
- Persecución del lavado de activos y otra criminalidad financiera asociada.
¿Qué significa en la práctica que se ordene un nuevo juicio penal?
Para muchas personas, escuchar que un tribunal “anuló una sentencia” y “ordenó un nuevo juicio” puede generar dudas o la falsa idea de que el caso se “cayó”. No es así.
Cuando una Corte de Apelación anula una sentencia y ordena un nuevo juicio:
- No está declarando inocencia.
- Está diciendo que algo en el proceso previo no fue suficientemente correcto o completo (ya sea en la valoración de las pruebas, en la motivación o en aspectos procesales).
- Ordena que otro tribunal vuelva a conocer el caso desde cero.
Reproducción de pruebas y nueva valoración judicial
En el nuevo juicio contra Wander Franco y la madre de la víctima se espera que se:
- Presenten de nuevo las pruebas recogidas por el Ministerio Público.
- Escuchen testigos, peritos y partes.
- Delibere nuevamente sobre los hechos y responsabilidades.
Esto abre dos posibilidades principales:
- Que se confirmen condenas similares a las primeras.
- Que se dicten condenas más altas o más bajas, dependiendo de cómo el nuevo tribunal valore las pruebas y argumentos.
Impacto para las víctimas y para los imputados
Desde el punto de vista de la víctima, un nuevo juicio supone:
- Revivir el proceso, con el correspondiente desgaste emocional.
- Pero también la posibilidad de una respuesta penal más acorde a la gravedad del daño.
Para las personas imputadas (Wander Franco y la madre de la víctima), implica:
- Mantenerse sometidos a proceso.
- Afrontar una nueva oportunidad probatoria, pero también el riesgo de una condena más severa.
Contexto del caso Wander Franco y la lucha contra el abuso sexual infantil en RD
El caso de Wander Franco ha tenido un fuerte impacto mediático internacional por tratarse de un pelotero de Grandes Ligas, pero en el fondo es, sobre todo, un caso de abuso sexual infantil, explotación y posible lavado de activos, con una adolescente como víctima principal.
Lo relevante, más allá del nombre, es el mensaje:
- La justicia dominicana puede revisar sus propias decisiones cuando se entiende que la condena inicial no reflejó plenamente la gravedad de los hechos.
- Se refuerza la idea de que los delitos contra niñas, niños y adolescentes requieren una respuesta firme y coherente, tanto en el plano penal como en el económico (decomiso de bienes).
Este tipo de procesos, bien comunicados, también sirven para:
- Recordar la existencia de normas específicas como la Ley 136-03.
- Sensibilizar a la población sobre la importancia de denunciar el abuso sexual y la explotación.
- Enviar un mensaje claro: los vínculos económicos o la fama del agresor no deben impedir la persecución penal.
Preguntas rápidas sobre el nuevo juicio a Wander Franco
1. ¿Por qué habrá un nuevo juicio a Wander Franco?
Porque la Corte de Apelación de Puerto Plata anuló la sentencia de primera instancia que le imponía 2 años de prisión con pena suspendida y ordenó que otro tribunal reproduzca las pruebas y dicte una nueva decisión.
2. ¿Qué pide el Ministerio Público en este nuevo proceso?
El Ministerio Público ha solicitado una condena de 5 años de prisión por abuso sexual infantil para Wander Franco y pretende que se mantenga e incluso se fortalezca la respuesta penal contra la madre de la víctima por explotación sexual comercial y lavado de activos.
3. ¿La madre de la víctima también tendrá nuevo juicio?
Sí. La sentencia que la condenó a 10 años de prisión, al pago de 30 salarios mínimos y al decomiso de bienes también será revisada en el nuevo juicio ordenado por la Corte, que permitirá una nueva valoración integral del caso.
