Condenan doctora por mala práctica médica

Condenan doctora por mala práctica médica

En Centro Médico Dominico Cubano también fue condenado al pago de 10 millones de pesos

SANTO DOMINGO.-La jueza Suinda Brito, de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, a petición de la Fiscalía, condenó a cumplir 2 años de prisión a la doctora Sonia Midalma Feliz Medrano.

Médico cirujana, hallada culpable de homicidio involuntario en perjuicio del señor Danny Leonidas Rosado Hernández.

Condenan doctora por mala práctica médicaDe conformidad con el expediente, el día 5 de abril del año 2009, en el Centro Médico Dominico Cubano.

La víctima fue intervenido quirúrgicamente de apendicitis por la referida doctora y dado de alta dos días después.

No obstante, después de la operación, el señor Danny Leonidas presentó fuertes dolores abdominales por un periodo de 11 días.

Más noticias:   Investigan muerte en El Ejido

Causas de la muerte del paciente

Siendo atendido de emergencias en reiteradas ocasiones en el centro de salud.

¨La doctora le indicaba medicamentos para mitigar los dolores, además le ordenó la realización de estudios médicos de laboratorio a raíz de los cuales le diagnosticó cólico nefrítico” detalló la procuradora fiscal Wendy González.

La víctima no presentaba mejoría, por lo que ¨debido a la falta de emisión, vómitos y fuerte dolor abdominal.

Fue preparado para una nueva cirugía en fecha 18 de abril de ese mismo año, procedimiento en el cual se reportó cambios negativos electro cardiográficos, muriendo de inmediato” se explica en la acusación.

Más noticias:   Juan Manuel Pellerano Gómez fue sepultado ayer

La autopsia

El informe de la autopsia realizada arrojó que la causa de la muerte fue obstrucción por fibrosis del mesenterio.

Y bridas en intestino delgado, lo que produjo peritonitis, septicemia y shock séptico.

La procuradora fiscal González explicó que la Fiscalía le otorgó al hecho la calificación jurídica de violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano.

Que tipifica y sanciona el homicidio involuntario.

»Esta disposición del código establece que el que por torpeza, imprudencia, inadvertencia»

»Negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años¨ puntualizó.

Deja una respuesta