Extiende plazo atenciones médicas por accidentes de tránsito

Extiende plazo atenciones médicas por accidentes de tránsito

Las ARS, Senasa y PSS deben brindar a los afiliados los correspondientes servicios por accidente de tránsito

Extiende plazo atenciones médicas por accidentes de tránsitoSANTO DOMINGO.-El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución 437-01 extendió el plazo de cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito para los afiliados del Régimen Contributivo desde el 9 de febrero del 2018 hasta el 08 de abril del 2018.

La decisión fue tomada este miércoles 7 de febrero 2018, durante una reunión extraordinaria del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), la cual establece que la cobertura se ofrece aplicando el per cápita de RD$18.00 pesos.

La resolución especifica que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y su Red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS), deben brindar a su población afiliada las atenciones correspondientes.

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El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto destacó que la resolución le da a la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones del CNSS, un plazo no mayor de 45 días, para presentar un informe con propuesta de per cápita al Consejo y estudiar la posibilidad de incrementar el tope de la cobertura en atenciones médicas por accidentes de tránsito.

“También instruye a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a dar cumplimiento a la presente resolución, a los fines de que se realicen las dispersiones de los per cápitas correspondientes.”, dijo

Cobertura de salud

Recordó que dicha resolución establece que en apego a las disposiciones de la Constitución de la República y la Ley 87-01, el Estado es el garante de la salud de las personas, sin importar el riesgo que pudiere afectarla, por tanto, el CNSS, en nombre del Estado debe garantizar la cobertura de salud por accidentes de tránsito a los afiliados en aras de proteger a los beneficiarios del Seguro Familiar de Salud.

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La presente resolución deroga cualquier otra que le sea contraria en todo o en parte y será de aplicación a partir del 9 de febrero del 2018.

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