Aduanas no apodera justicia casos contrabando dinero

dólares

El pasado fin de semana fue atrapada una mula con 415 mil dólares y no ha sido presentada a la justicia por aduanas

Aduanas no apodera justicia casos contrabando dineroSANTIAGO.- Aunque el contrabando de dinero es un delito penal y no una falta administrativa.

Habitualmente la Dirección General de Aduanas (DGA) no apodera ese tipo de casos al Ministerio Público.

El dato sobre el particular fue resaltado esta mañana por un funcionario de la Fiscalía santiaguera.

A propósito de que aún allí no se ha recibido el expediente relativo al apresamiento de una mujer.

Descubierta la madrugada del domingo en el Aeropuerto Internacional del Cibao.

Cuando intentó ingresar con casi 415 mil dólares de manera ilegal.

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Reyna Margarita Martínez, nacionalizada estadounidense.

Arribó a esa terminal aérea en el vuelo 837 de la aerolínea Jet Blue

Sin haber declarado el dinero que portaba.

Para lo que aseguró le pagaron 12 mil dólares.

Resaltó la fuente judicial que hasta este momento la DGA no ha apoderado ni ha remitido al Ministerio Público los casos de contrabando de dinero.

A pesar que se trata de un delito penal y no una falta administrativa.

Así como también es delito precedente en la nueva ley antilavado de activos

Nueva ley antilavado

Por igual, sostuvo que bajo la amplitud del radio de acción de la nueva ley antilavado.

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Las llamadas «mulas» ya no son consideradas con responsabilidad penal atenuada.

“Sino que su accionar se subsume en la conducta descrita como Autor/a del delito de Lavado de Activos”.

“Esto así, porque se tipifican los verbos rectores de «ocultar, disimular, distraer….» bienes.

Activos o inmuebles producto de una actividad ilícita”, enfatizó el informante.

Sobre el hecho que involucra a Reyna Margarita Martínez

La Dirección General de Aduanas informó que el dinero fue transportado en paquetes envueltos en papel de aluminio en el interior de varias cajas de cereal y mezclado con el producto.

Aduanas recordó que la ley 155-17 Sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo establece la obligatoriedad de declarar.

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A la salida e ingreso al país, valores iguales o superiores a los US$10 mil dólares estadounidenses o su equivalente en otra moneda o instrumento de valor.

Asignando a la Dirección General de Aduanas, como autoridad de frontera, la responsabilidad de velar por su cumplimiento.

El único propósito de declarar los valores es asegurar que no se trata de dinero asociado al crimen.

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